Sistema
Integrado de Información Financiera. Manual de Ejecución Presupuestaria de
Gastos para la Administración Nacional
Siguiendo con la
Reforma de la Administración Financiera
Gubernamental se dispusieron algunas actualizaciones de sus instrumentos
básicos a fin de contribuir con ello a una administración oportuna, eficaz y
eficiente.
Para mejorar la calidad de la imputación que se brinda se
incluyeron nuevos programas dentro del Sistema Integrado de Información
Financiera.
Específicamente se le sumó a dicho sistema la importancia de
contar con el detalle, desagregado por beneficiario, de los pagos que efectúa
el Tesoro Nacional; datos que no se encontraban previstos en el anterior
sistema de información.
Para dicho fin se modificó el diseño de los formularios C-43
"Fondos Rotatorios y Reposiciones" y C-75 "Ejecución
Presupuestaria de Gastos de la Administración Nacional "
por medio de la
Resolución N º 201 de fecha 19 de Marzo de 1996 de la SECRETARIA DE
HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
Además de lo expuesto, se autorizó a los Servicios
Administrativos Financieros de la Administración Nacional
a emitir el Formulario C-42 "Orden de Pago sin Imputación Presupuestaria"
para algunos casos puntualmente previstos. En el interior manual sólo se
facultaba a los Servicios Administrativos Financieros Nº 355 "Servicio de la Deuda Pública "
y Nº 356 "Obligaciones a Cargo del Tesoro".
De esta forma se continúa consolidando la reforma con el
desarrollo y funcionamiento del Sistema Integrado de Información Financiera de la Administración Nacional.
Dr. Guillermo Lesniewier
Subsecretario de Presupuesto
Presentación
Las normas, procedimientos, formularios e instructivos que
conforman el presente Manual se
fundamentan en los siguientes conceptos:
La administración financiera comprende el conjunto de
sistemas, órganos, normas y procedimientos que hacen posible la obtención de
los recursos públicos y su aplicación para el cumplimiento de los objetivos del
Estado.
Está integrada por los sistemas de presupuesto, crédito
público, tesorería y contabilidad, los cuales están a cargo de órganos
rectores, dirigidos y coordinados por la Secretaría de Hacienda, del Ministerio de Economía
y Obras y Servicios Públicos.
La ejecución del presupuesto, en el Sistema Integrado de
Información Financiera, está concebido con el objetivo de proveer información
oportuna y confiable para tomar decisiones a los distintos niveles jerárquicos
de la
Administración Nacional.
Es el primer punto en la cadena integradora del Sistema de
Información Financiera, ya que el registro de un ingreso o de un gasto,
automáticamente generará un asiento de partida doble en la Contabilidad Patrimonial.
Por este motivo, es importante que el Sistema sea alimentado adecuadamente, es
decir, que los formularios, instructivos y procedimientos que se presentan en
este Manual sean observados y
llenados cuidadosamente por los organismos ejecutores del Presupuesto.
Marco jurídico
La normativa vigente que le da soporte jurídico al contenido
del presente Manual está señalada en los siguientes instrumentos legales y
reglamentarios:
A.
Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del
Sector Público Nacional.
1.
Artículo 4º.-Son objetivos de esta ley, y por tanto
deberán tenerse presentes, principalmente para su interpretación y
reglamentación, los siguientes:
b)
Sistematizar las operaciones de
programación, gestión y evaluación
de los recursos del sector público nacional;
c)
Desarrollar sistemas que
proporcionen información oportuna y
confiable sobre el comportamiento financiero del sector público nacional;
d)
Establecer, como responsabilidad propia de la administración superior de cada
jurisdicción o entidad del sector público nacional, la implantación y
mantenimiento de:
i) Un sistema
contable adecuado a las necesidades del registro e información, y acorde
con la naturaleza jurídica y características operativas.
ii) Procedimientos
adecuados que aseguren la conducción económica y eficiente de las actividades
institucionales y la evaluación de los resultados de los programas, proyectos y
operaciones de los que es responsable la jurisdicción o entidad.
2.
Artículo 31º.- Se considera gastado un crédito y por
tanto ejecutado el presupuesto de dicho concepto, cuando queda afectado definitivamente al devengarse un gasto. La
reglamentación establecerá los criterios
y procedimientos para la aplicación de este artículo y corresponderá al
órgano rector del sistema la regulación de los demás aspectos conceptuales y
operativos que garanticen su plena vigencia.
3.
Artículo 32º.- Las jurisdicciones y entidades
comprendidas en esta ley están obligadas a llevar los registros de ejecución presupuestaria en las condiciones que le
fije la reglamentación. Como mínimo deberán registrarse la liquidación o el
momento en que se devenguen los recursos y su recaudación efectiva y, en
materia de presupuesto de gastos, además del momento del devengado, según lo establece el Artículo precedente, las etapas
del compromiso y de pago.
El registro del compromiso
se utilizará como mecanismo para afectar
preventivamente la disponibilidad de los créditos presupuestarios, y el del
pago, para reflejar la cancelación de las obligaciones
asumidas.
4.
Artículo 85º.- El sistema de contabilidad gubernamental está integrado por el
conjunto de principios, órganos, normas
y procedimientos técnicos utilizados
para recopilar, valuar, procesar y exponer los hechos económicos que
afecten o puedan llegar a afectar el patrimonio de las entidades públicas.
5.
Artículo 86º.- Será objeto del sistema de
contabilidad gubernamental:
a)
Registrar sistemáticamente todas las transacciones
que produzcan y afecten la situación económico-financiera de las jurisdicciones
y entidades.
b)
Procesar y producir información financiera para la
adopción de decisiones por parte de los responsables de la gestión financiera
pública y para los terceros interesados en la misma
6.
Artículo 91º - La Contaduría General
de la Nación
tendrá competencia para
f)
Administrar un sistema de información financiera que
permanentemente permita conocer la gestión
presupuestaria, de caja y patrimonial, así como los resultados operativo,
económico y financiero de la administración central, de cada entidad
descentralizada y del sector público nacional en su conjunto;.
B.
Decreto Nº 2.666, de fecha 29 de diciembre de 1992, por medio del cual se
aprueba el Reglamento Parcial Nº 1 de la Ley N º 24.156 de Administración Financiera y de
los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.
1.
Artículo 31º.- Las principales características de los
momentos de las transacciones a registrarse, son las siguientes:
2.-
En materia de ejecución del presupuesto de gastos:
2.1.- El compromiso
implica:
2.1.1.- El origen de una relación jurídica con terceros, que
dará lugar, en el futuro, a una eventual salida de fondos, sea para cancelar
una deuda o para su inversión en un objeto determinado.
2.1.2.- La aprobación, por parte de un funcionario
competente, de la aplicación de recursos por un concepto e importes
determinados y de la tramitación administrativa cumplida.
2.1.3.- La afectación
preventiva del crédito presupuestario que corresponda, en razón de un
concepto y rebajando su importe del
saldo disponible.
2.1.4.- La identificación de la persona física o jurídica
con la cual se establece la relación que da origen al compromiso, así como la
especie y cantidad de los bienes o servicios a recibir o, en su caso, el
carácter de los gastos sin contraprestación.
2.2.- El gasto
devengado implica:
2.2.1.- Una modificación cualitativa y cuantitativa en la
composición del patrimonio de la respectiva Jurisdicción o Entidad, originada
por transacciones con incidencia económica y financiera.
2.2.2.- El surgimiento de una obligación de pago por la recepción de conformidad de bienes o servicios oportunamente contratados, o por
haberse cumplido los requisitos administrativos dispuestos para los casos de
gastos sin contraprestación.
2.2.3.- La liquidación del gasto y la simultánea emisión de la respectiva orden de pago dentro de los TRES (3) días hábiles del cumplimiento
de lo previsto en el numeral anterior.
2.2.4.- La afectación definitiva de los créditos
presupuestarios correspondientes.
3.-
El registro del pago se efectuará en la fecha en que se emita el
cheque, se formalice la transferencia o se materialice el pago por entrega de efectivo o de otros valores.
6.-
Con base en los criterios determinados en el presente artículo, la CONTADURIA GENERAL DE LA NACION
fijará los procedimientos y elaborará los manuales necesarios para que las
Jurisdicciones y Entidades lleven los registros de ejecución de recursos y
gastos.
Objetivos
Los principales objetivos que se lograrán con la puesta en
marcha del Manual de Ejecución Presupuestaria de Gastos en el sistema integrado
de información financiera son:
1.
La transparencia de
los actos administrativos, mediante la producción oportuna y confiable de
información instantánea de ejecución presupuestaria, al nivel de agregación y/o
desagregación que requieran los usuarios.
2.
La reducción de formularios y simplificación de los
procedimientos de ejecución, registro y evaluación del Presupuesto.
3.
Delimitar funciones y asignar
niveles de responsabilidad a cada
dependencia que interviene en el proceso de registro y ordenación de pagos.
4.
Crear rutinas de trabajo adecuadas en las unidades que participan en el proceso con la finalidad que
las acciones de tramitación y registro
de la información se cumplan en forma eficiente
y de conformidad con la normativa vigente.
5.
Determinar con precisión la documentación y su flujo para cada tipo de trámite.
6.
Servir de base para el control
posterior interno y externo de la gestión.
Características
A. Ambito de Aplicación
El Sistema abarca a todos los Organismos de la Administración Publica
Nacional, reciban o no financiamiento externo o aportes del Tesoro.
B. Metodología
1.
El Sistema se inicia alimentando la Base de Datos con el Decreto
Distributivo que contiene la imputación presupuestaria para cada Organismo de la Administración Nacional ,
aprobada por la Ley
de Presupuesto General de la
Nación.
2.
La
Ejecución del Presupuesto tiene las
siguientes etapas:
a) Programación del Gasto
b) Ejecución
c) Modificaciones presupuestarias
d) Producción de información instantánea
e) Responsabilidad de presentación de la información.
3.
Los Procedimientos
a ser utilizados en la ejecución del presupuesto serán automáticos y/o manuales, dependiendo del mecanismo de
comunicación utilizado para cada caso, y se llevarán a cabo a través de los
formularios contables que se incluyen en el presente Manual.
4.
Las jurisdicciones y entidades deberán llevar registros
contables, en los cuales se anoten todas las transacciones que realiza la Institución con
incidencia económico-financiera. Su nivel de máxima desagregación será el
objeto del gasto.
5.
Las jurisdicciones y entidades deberán utilizar en la
ejecución de su presupuesto los formularios contables que se incluyen en el
presente Manual.
Formulario e Instructivo
INSTRUCTIVO
DEL FORMULARIO C-35 "REGISTRO DE COMPROMISOS"
DESCRIPCION DEL
FORMULARIO
1.-
Nombre del Formulario
Registro de
Compromisos
2.-
Denominación del Formulario
Form. C-35 (Formulario de Contabilidad C-35)
3.-Objetivo
Este formulario servirá como documento de registro de la
ejecución presupuestaria en la etapa del compromiso.
Contiene además las modificaciones al registro original.
4.-
Responsabilidad
La responsabilidad de su elaboración y correcta utilización
recae directamente en el Responsable del Servicio Administrativo Financiero y
el Responsable de la unidad de registro contable de cada uno de los Organismos
de la
Administración Central como Jurisdicción Ejecutora de su
Presupuesto. La firma que los mismos deben plasmar al pie del Documento
certificará que se ha verificado el correcto llenado del formulario, que se ha
tenido a la vista toda la documentación de soporte y que el registro del
compromiso y la imputación presupuestaria son los que corresponden a cada caso
en particular.
5.-Distribución
Original
Para uso y archivo de la unidad de registro contable del
Servicio Administrativo Financiero correspondiente, formará parte del legajo
del archivo oficial, adjuntándose la documentación de respaldo original.
Para los casos en que el registro del compromiso que se
realice en el CONPRE del SAF respectivo corresponda a la adquisición de bienes
y/o servicios, una copia será archivada en la Unidad de Compras de dicho SAF.
6.-Instrucciones
para el llenado del Formulario C-35
Parte Superior del
Formulario
Esta parte se destina a la identificación del número del
documento colocado por el SAF, de la Jurisdicción , del Servicio Administrativo donde
se confecciona, del ejercicio presupuestario, del lugar de su emisión y de la
fecha.
Su llenado es el siguiente:
EJERCICIO
Ejercicio
presupuestario vigente
LUGAR
Ciudad donde se
elabora el Documento
FECHA
La fecha
correspondiente al día de emisión del Formulario
Utilizará la modalidad ..........día/mes/año
Ejemplo: ............................02/01/95
JURISDICCION: CODIGO
SAF: CODIGO
DOC. N º: CODIGO
El Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector
Público Nacional establece un código a cada Jurisdicción; igualmente, la Oficina Nacional
de Presupuesto asigna un código a cada Servicio Administrativo Financiero.
Estos códigos les servirán como identificación en todos los actos que realicen.
En el campo de 7 dígitos se anotará el número correlativo
que el Servicio Administrativo Financiero asignará al documento en forma
interna.
En la línea punteada, se escribirá el nombre completo de la Jurisdicción y del
SAF
Ejemplo:
JURISDICCION: 50 MINISTERIO DE
ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
SAF: 357 DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
DOC. Nº: 000001
REGISTRO EN EL SIDIF:
MUMERO:
HORA:
FECHA:
En el momento de su ingreso al SIDIF se asignará el número
correlativo a cada documento, la hora y la fecha. Este número de 7 dígitos
servirá para indicar que el documento inició su trámite, será el punto de
referencia que permitirá determinar sí fue rechazado y devuelto, sí tuvo algún
error, o finalmente sí culminó su proceso.
Parte Superior
Intermedia
BENEFICIARIO
CODIGO:
CUIT:
DOMICILIADO EN
CODIGO POSTAL
En
este lugar se colocará el nombre, Código y CUIT del Proveedor o beneficiario de
la operación que generó el registro del compromiso, así como su domicilio y
código postal.
El código y el CUIT deben pertenecer a un mismo
beneficiario.
Si el SAF no llena la casilla del CODIGO del beneficiario,
para que la información sea ingresada al SIDIF debe mandar necesariamente el Nº
del CUIT o del Documento de Identidad Personal .
El código debe existir en la tabla de BENEFICIARIO. En caso
contrario el SIDIF aceptara el documento con un mensaje que indique la falta de
información completa del beneficiario para que el SAF, realice el trámite de
incorporación a la tabla de Beneficiarios de los datos faltantes. Hasta que no
se reciba toda la información del BENEFICIARIO, en la CGN no se podrán cargar
órdenes de pago relacionadas con dicho compromiso.
El beneficiario del compromiso debe ser el mismo que el de
la orden de pago
Si el documento es de modificación (desafección o
corrección), el código y el CUIT deben coincidir con el código y el CUIT del
beneficiario del formulario original.
MODIFICACIONES AL
REGISTRO:
DESAFECTACION
CORRECCION
DESAFECTACION
Cuando se marque la casilla de Desafección, significará que
se solicita la modificación total o
parcial del registro original del compromiso debido a errores o cambios en las
decisiones de los ordenadores de gastos. Los montos correspondientes se
considerarán como cantidades negativas, para lo cual es necesario que vayan con
signo negativo.
Las imputaciones a desafectar deben existir en el formulario
original, y el monto debe ser igual o menor al monto comprometido no devengado.
Cuando el Formulario C-35 lleve marcada la casilla de
desafección, el sistema aumentará el crédito disponible por el importe
desafectado y siempre que la modificación se registre en el trimestre de
vigencia, también aumentara la cuota del compromiso original.
CORRECCION
Se marcará la casilla de Corrección cuando se tenga que
corregir la imputación presupuestaria ejecutada por error en el documento
original del Formulario C-35.
Se deberán incluir todas las imputaciones a corregir del
Formulario C-35, listando en primer lugar las que deben ser disminuidas, cuyos
importes deben ser negativos y luego las que deben ser aumentadas, cuyos
importes deben ser positivos.
Las correcciones se deberán efectuar por importes iguales o
menores a los del documento original no devengado, siempre que la suma parcial
de las disminuciones sea igual a la suma parcial de los aumentos, siendo el
monto total del Formulario C-35 igual a 0.
Las imputaciones a disminuir deben existir en el Formulario
C-35 original, las imputaciones a aumentar pueden o no existir en el documento
original.
El SIDIF modificará la ejecución presupuestaria, aumentando
el crédito disponible de las imputaciones con importe negativo y disminuirá las
que tienen importe positivo.
Con relación a la cuota de compromiso, ésta aumentara con
las imputaciones presupuestarias con importe negativo y disminuirá con las que
tienen importe positivo, siempre que la modificación se registre en el
trimestre de vigencia de la cuota del compromiso original.
DOCUMENTO ORIGINAL Nº.
En este campo numérico de 7 dígitos, se anotará lo
siguiente:
a)
Si el Formulario C-35 es para realizar el registro original
del compromiso, esta casilla de DOCUMENTO
ORIGINAL Nº quedará en blanco.
b)
Si el Formulario C-35 tiene marcada una casilla de
modificación al registro original del compromiso como ser: Desafección o
Corrección, es porque existió un Formulario C-35 anterior, por lo tanto debe
registrarse en este campo el número que tuvo ese registro inicial.
FUENTE DE FINANCIAMIENTO: CODIGO
Indique el código correspondiente a cada Fuente de
Financiamiento.
En el Manual de Clasificaciones Presupuestarias se encuentra
la tabla de Fuentes de Financiamiento.
Ejemplo: FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 11
Utilice un formulario por cada fuente de financiamiento.
DOCUMENTO RESPALDATORIO: TIPO: Nº:
TIPO:
Debe consignarse el código del tipo de documento que sirvió
de respaldo para el registro del compromiso. A los SAF se les proveerá de una
tabla de códigos por tipo de documentos respaldatorios de los compromisos, como
ser: nómina de personal, resolución de nombramiento de personal, contrato,
orden de compra o de servicio, orden de disposición de transferencia, etc.;
firmado por autoridad competente, de acuerdo con lo previsto en el Decreto Nº
2662/92, por el cual se establecen las normas generales para autorizar y
aprobar gastos.
Nº:
Debe anotarse el número asignado al documento respaldatorio.
Si el Formulario C-35 es de modificación al registro
(desafección o corrección), el Tipo y Nº del documento respaldatorio puede o no
ser el mismo que el Tipo y Nº del documento respaldatorio del formulario
original que corrige.
Cuerpo Central del
Formulario
Es la parte que se utilizará para la imputación
presupuestaria que se desee realizar, la descripción o nombre del objeto del
gasto y los montos de las afectaciones.
En este formulario se pueden efectuar múltiples imputaciones
presupuestarias de la misma fuente de financiamiento y para el mismo
beneficiario.
IMPUTACION
La imputación presupuestaria tendrá una llave que unirá la
codificación desde el programa hasta el objeto del gasto. Para ello es
importante que se llenen todos los espacios de una línea con números
significativos o con ceros, pero no deben dejarse espacios en blanco.
Programa: campo de 2 dígitos del 01 al 99
Subprograma: campo de 2 dígitos del 01 al 99
Proyecto: campo de 2 dígitos del 01 al 99
Actividad: campo de 2 dígitos del 01 al 99
Ob: campo de 2 dígitos del 01 al 99
Ug: campo de 2 dígitos del 01 al 99
Inciso: campo de 1 dígito del 1 al 9
Partida Ppal.: campo de 1 dígito del 1 al 9
Part. Parcial: campo de 1 dígito del 1 al 9
Sub-Parcial: campo de 4 dígitos del 0001 al 9999
Tipo de Moneda campo de 1 dígito del 1 al 9
DESCRIPCION
La descripción se refiere al nombre del objeto del gasto,
según el Clasificador Presupuestario.
IMPORTE
En esta columna de
consignarán los montos imputados al objeto del gasto.
TOTAL
Será la sumatoria de los montos imputados al objeto del
gasto. Debe ser mayor que 0 si el formulario es de compromiso original. Debe
ser menor que 0 si el formulario es de desafección. Debe ser igual a 0 si el
formulario es de corrección.
DESCRIPCION DE LA OPERACION
En este espacio deberá resumirse la glosa de la operación,
de manera que su lectura dé una idea clara de la misma.
Parte Inferior del
Documento
Se destina al
registro de las firmas de los Ordenadores del compromiso.
RESPONSABLE DEL REGISTRO RESPONSABLE DEL SAF
En este recuadro se registrarán las firmas del jefe de la
unidad de registro contable y del Director de Administración de la Jurisdicción emisora
del documento, certificando que la operación fue contabilizada en el registro
de compromisos de dicha Jurisdicción y responsables de su respaldo
documentario, cuyos originales formarán parte del archivo oficial de cada
Jurisdicción y SAF correspondiente.
Procedimiento de Registro y Cursograma
PROCEDIMIENTO
DEL FORMULARIO C-35 "REGISTRO DE COMPROMISOS"
1.
El trámite del documento de Registro de Compromisos (Form.C-35) se inicia en los Servicios
Administrativo Financieros de los ministerios y de la Secretaría General
de la Presidencia
de la Nación.
La unidad de Registro
Contable de la
Jurisdicción deberá elaborar el documento en formato especial,
en original, para solicitar el registro de la ejecución presupuestaria en la
etapa del compromiso.
El formulario C-35 llevará las firmas del responsable de la
unidad de Registro Contable y del Jefe del Servicio Administrativo Financiero
de la Jurisdicción
correspondiente.
Si el SAF tiene CONPRE u otro Sistema propio, elabora el
formulario y envía la información a la
CGN.
2.
La
Unidad de Ejecución,
adscripta a la Dirección
de Procesamiento Contable de la
CGN , recibirá mediante comunicación informática (Red, Módem o
Diskette) la información contenida en los formularios C-35 de los compromisos
efectuados por cada SAF durante el día.
Cada documento deberá contener:
a)
CODIGO DE JURISDICCION Y DE SAF
b)
DOCUMENTO SAF Nº
SI ESTOS DATOS ESTÁN CORRECTOS, EL SIDIF ASIGNARA AL
FORMULARIO C-35 UN NÚMERO DE REGISTRO
CORRELATIVO, HORA y FECHA DE RECEPCION EN EL SISTEMA.
Si en esta etapa se detectara algún error, la información
del documento será devuelta al Servicio Administrativo Financiero por el mismo
medio de recepción, con la indicación del error y el número asignado al
Formulario C-35.
De no haber errores continúa la carga de información, como
ser:
a)
CODIGO y CUIT del BENEFICIARIO, así como su NOMBRE y DOMICILIO
b)
Si existiera marcada una casilla de MODIFICACIONES AL REGISTRO (Desafección y Corrección, según
corresponda).
c)
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
d)
DOCUMENTO RESPALDATORIO: TIPO Y Nº
e)
IMPUTACION PRESUPUESTARIA
f)
IMPORTES PARCIALES
g)
IMPORTE TOTAL
h)
DESCRIPCION DE LA OPERACION
El
SIDIF verificará que exista crédito presupuestario disponible y cuota de
compromiso para los distintos niveles de imputación.
El SIDIF verificara cualquier error que se pueda presentar
para su devolución por el mismo medio de recepción al SAF respectivo, indicando
el número correlativo de registro en el Sistema y el error detectado.
Cuando la información del Formulario C-35 lleve marcada la
casilla de DESAFECTACION, el Sistema
aumentará el crédito disponible por el importe desafectado.
El Sistema aumentará la cuota de compromiso, siempre que la
desafección se registre en el trimestre de vigencia de la cuota de compromiso
original.
Cuando la información del Formulario C-35 lleve marcada la
casilla de CORRECCION, el Sistema
modificará la ejecución presupuestaria, aumentando el crédito disponible de las
imputaciones presupuestarias con importe negativo y disminuyendo el crédito
disponible de las imputaciones presupuestarias con importe positivo.
El Sistema aumentará la cuota de compromiso, de las
imputaciones presupuestarias con importe negativo y disminuirá la cuota de
compromiso de las imputaciones presupuestarias con importe positivo, siempre
que la corrección se registre en el trimestre de vigencia de la cuota de
compromiso original.
SI
LA INFORMACION NO
TIENE ERRORES EL SIDIF LA
ACEPTA Y REGISTRA EL COMPROMISO A LOS DISTINTOS
NIVELES DE IMPUTACION.
Formulario e Instructivo
INSTRUCTIVO
DEL FORMULARIO C-41 "ORDEN DE PAGO"
DESCRIPCION DEL
FORMULARIO
1.- Nombre del Formulario
Orden de Pago
2.- Denominación del Formulario
Form. C-41 (Formulario de Contabilidad C-41)
3.- Objetivo
Este formulario servirá para ordenar el pago de obligaciones
y el registro de la ejecución presupuestaria de gastos en los momentos del
devengado y pagado.
El formulario contiene varios tipos de registro, clases de
gasto y formas de pago.
4.- Responsabilidad
La responsabilidad de su elaboración y correcta utilización
recae directamente en el Secretario, subsecretario del área administrativa o
funcionario de nivel equivalente, el Responsable del Servicio Administrativo
Financiero y el Responsable de la unidad de registro contable de cada uno de
los Organismos de la Administración Nacional. La firma que los mismos
deben plasmar al pie del Documento certificará que se ha verificado el correcto
llenado del formulario, que se ha tenido a la vista toda la documentación de
soporte y que el tipo de registro, la clase de gasto y la imputación
presupuestaria son las que corresponden a cada caso en particular.
5.-
Distribución
Original
Para uso de la Contaduría General de la Nación y Tesorería General
de la Nación ,
en el registro del SIDIF y archivo en la Contaduría General
de la Nación
al final del proceso, siempre que el Pagador sea la TGN , en caso contrario
permanecerá en el SAF respectivo.
Primera Copia
Para uso y archivo de la unidad de registro contable del
Servicio Administrativo Financiero correspondiente, formará parte del legajo
del archivo oficial, adjuntándose la documentación de respaldo original.
Segunda Copia
Para uso del
beneficiario del cheque o transferencia
6.-
Instrucciones para el llenado del Formulario C-41
Parte Superior del
Formulario
Esta parte se destina a la identificación del documento, de la Jurisdicción o
Entidad, del Servicio Administrativo Financiero donde se confecciona, del
ejercicio presupuestario, del lugar de su emisión y de la fecha.
Su llenado es el siguiente:
EJERCICIO
Debe indicar el
ejercicio presupuestario vigente
LUGAR
Ciudad donde se
elabora el Documento
FECHA
La fecha
correspondiente al día de emisión del Formulario
Utilizará la modalidad ..........día/mes/año
Ejemplo: ...............................02/01/95
JURISDICCION: CODIGO
SAF: CODIGO
DOC. Nº: CODIGO
El Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector
Público Nacional establece un código a cada Jurisdicción; igualmente, la Oficina Nacional
de Presupuesto asigna un código a cada Servicio Administrativo Financiero.
Estos códigos les servirán como identificación en todos los actos que realicen.
En el campo de 7 dígitos se anotará el número correlativo
que el Servicio Administrativo Financiero asignará al documento en forma
interna.
En la línea punteada, se escribirá el nombre completo de la Jurisdicción y del
SAF
Ejemplo:
JURISDICCION: 50 MINISTERIO DE
ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
SAF: 357 DIRECCION GENERAL DE
ADMINISTRACION
DOC. Nº: 000001
REGISTRO EN EL SIDIF:
NUMERO:
HORA:
FECHA:
En Mesa de Entrada de la Contaduría General
de la Nación ,
se colocará en el rectángulo superior derecho, el número correlativo, la hora y
la fecha que el Sistema asignó a cada documento en el momento de su ingreso al
SIDIF. Una pequeña máquina validadora imprimirá automáticamente el número, la
hora y la fecha en el espacio diseñado al efecto. Este número de 7 dígitos
servirá para indicar que el documento inició su trámite, será el punto de
referencia que permitirá determinar dónde se encuentra, cuánto demoró en cada
paso, sí fue rechazado y devuelto, sí tuvo algún error, o finalmente sí culminó
su proceso y cuándo se pagó.
Cuando el pagador del Formulario C-41 sea el SAF, el número
de registro, hora y fecha de recepción en el Sistema se comunicará por el mismo
medio de recepción de la información.
Parte Superior
Intermedia
(Nombre Beneficiario)
PÁGUESE A:
CODIGO:
CUIT:
DOMICILIADO EN:
CODIGO POSTAL:
En este lugar se colocará el nombre, Código y CUIT del
beneficiario al cual se girará el cheque o realizará la transferencia, así como
su dirección y código postal. Por cada documento sólo puede haber un
beneficiario identificado con el número de su código y CUIT respectivo. Si el
beneficiario no tuviera CUIT, en esta casilla deberá consignarse el Nº del
Documento Nacional de Identidad.
El beneficiario de la orden de pago debe ser el mismo del
compromiso original.
SE TRANSFIERE: BANCO CODIGO
SUC: CODIGO
TIPO: CODIGO
CTA. Nº: CODIGO
Se utilizará para el caso de pago por transferencias
bancarias.
Debe indicarse en
letras el monto señalado en números en el TOTAL
TIPO DE REGISTRO:
DEVENGADO COMPROMISO
Y DEVENGADO
DEVENGADO
Cuando se utilice esta casilla indicará que ya se hizo el
registro previo del compromiso en el respectivo documento de Registro de Compromisos
(Form. C-35).
COMPROMISO Y DEVENGADO
Cuando se utilice esta casilla indicará que no existe
registro previo del compromiso en el documento correspondiente (Form. C-35),
registrándose de esta manera ambas etapas en el presente formulario (Form.
C-41).
PAGADOR
Se marcará con una x la casilla TGN si el pagador será la Tesorería General
de la Nación.
Se marcara con una x la casilla SAF cuando el pagador sea el
SAF.
Si el SAF se encuentra en el Sistema de Cuenta Única el
Beneficiario será un proveedor. Si el SAF no ha sido aún incorporado al Sistema
de Cuenta Única, el beneficiario podrá ser el mismo SAF.
En todos los casos, el beneficiario deberá ser el mismo que
se registró en el compromiso.
CLASE DE GASTO:
SUELDOS,
APORTES Y CONTRIBUCIONES, OTROS HABERES, BIENES Y SERVICIOS, BIENES DE USO,
TRANSFERENCIAS, GASTOS FIGURATIVOS, OTROS, DEUDA PUBLICA, SIGADE Nº
Esta clasificación permitirá desagregar los gastos que
merecen atención especial, por ejemplo:
Sueldos: Existen normas que regulan el pago de sueldos. La
fecha en que debe efectuarse el registro del compromiso es al iniciarse el
ejercicio por el monto a liquidar en el año en base a la planta de personal.
Las imputaciones presupuestarias señaladas en el cuerpo
central del formulario deben pertenecer a la clase de gasto indicada en la
casilla correspondiente.
DEUDA PUBLICA SIGADE No.: CODIGO
Si el Formulario C-41 contiene imputaciones presupuestarias
destinadas al servicio de la deuda, además de marcarse en la casilla de Deuda
Pública, el SIDIF le exigirá el código del Préstamo registrado en el SIGADE,
antes de aceptar la orden de pago.
La identificación de la clase de gasto servirá a la TGN para la elaboración del
programa de caja diario.
FUENTE DE FINANCIAMIENTO: CODIGO
Indique el código correspondiente a la Fuente de Financiamiento.
En el Manual de Clasificaciones Presupuestarias se encuentra
la tabla de Fuentes de Financiamiento.
Ejemplo: FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 11
Utilice un formulario por cada fuente de financiamiento.
DOCUMENTO
RESPALDATORIO TIPO: Nº:
TIPO:
Cuando se utilice la casilla COMPROMISO Y DEVENGADO, debe
consignarse el código del tipo de documento que sirvió de respaldo para el
registro del compromiso. A los SAF se les proveerá de una tabla de códigos por
tipo de documentos respaldatorios de los compromisos, como ser: nómina de
personal, resolución de nombramiento de personal, contrato, orden de compra o
de servicio, orden de disposición de transferencia, etc.; firmado por autoridad
competente, de acuerdo con lo previsto en el Decreto Nº 2662/92, por el cual se
establecen las normas generales para autorizar y aprobar gastos.
Nº:
Debe anotarse el número asignado al documento respaldatorio.
Cuerpo Central del
Formulario
Es la parte que se utilizará para señalar el número del
DOCUMENTO original del registro del compromiso asignado por el SIDIF, la
imputación presupuestaria que se desee realizar, la descripción o nombre del
objeto del gasto y los montos de las afectaciones.
En este formulario se pueden efectuar múltiples imputaciones
presupuestarias de la misma fuente de financiamiento, por una sola clase de
gasto y un proveedor o beneficiario.
NUMERO DE COMPROMISO
Se debe indicar el número correlativo en la casilla de
REGISTRO EN EL SIDIF del documento Registro de Compromisos (Form. C-35), asignado
por el Sistema si la orden de pago (Form. C-41) tiene marcada la casilla de
devengado.
IMPUTACION
La imputación presupuestaria tendrá una llave que unirá la
codificación desde el programa hasta el objeto del gasto. Para ello es
importante que se llenen todos los espacios de una línea con números
significativos o con ceros, pero no deben dejarse espacios en blanco.
Programa: campo de 2 dígitos del 01 al 99
Subprograma : campo de 2 dígitos del 01 al 99
Proyecto: campo de 2 dígitos del 01 al 99
Actividad: campo de 2 dígitos del 01 al 99
Ob: campo de 2 dígitos del 01 al 99
Ug: campo de 2 dígitos del 01 al 99
Inciso: campo de 1 dígito del 1 al 9
Partida Ppal.: campo de 1 dígito del 1 al 9
Part. Parcial: campo de 1 dígito del 1 al 9
Sub-Parcial: campo de 4 dígitos del 0001 al 9999
Tipo de Moneda: campo de 1 dígito del 1 al 9
DESCRIPCION
La descripción se refiere al nombre del objeto del gasto,
según el Clasificador Presupuestario.
IMPORTE
Se consignarán los montos imputados al objeto del gasto.
TOTAL
Será la sumatoria de los montos imputados al objeto del
gasto.
TOTAL DEDUCCIONES
Es la sumatoria de los descuentos o deducciones, que se
detallará en el reverso del formulario, de la siguiente manera:
DEDUCCIONES
CODIGO CONCEPTO DE LA DEDUCCION IMPORTE
El Código, el Concepto de la Deducción y el Importe
deducido para cada uno, deben escribirse claramente porque en el proceso de
emisión del pago, se elaborara simultáneamente una orden bancaria para cada
concepto de deducción a nombre de sus beneficiarios y una por el importe neto a
pagar al proveedor.
El SIDIF no permitirá ningún cambio en los conceptos y
beneficiarios de las deducciones, la información que envíen los SAF en este
espacio será respetada tal como se reciba, para lo cual es necesario contemplar
mayor cuidado en la elaboración de este formulario.
BONIFICACION
Cuando corresponda la aplicación de una bonificación
(descuento por pronto pago), el SIDIF en forma automática efectuará el cálculo
correspondiente y aumentará el crédito disponible en las imputaciones
presupuestarias registradas en el Formulario C-41 en forma proporcional, así
como las cuotas de compromiso y devengado, siempre que el formulario se procese
en el trimestre de vigencia de dichas cuotas. En estos casos la TGN escribirá en el formulario
el importe de la bonificación aplicada. Si el pagador es el SAF esta
información será comunicada a través del TRANSAF cuando se envíe la información
de las órdenes bancarias emitidas y pagadas por el BNA.
LIQUIDO A PAGAR
Es la diferencia entre Total y las Deducciones.
Si existe la posibilidad de aplicar una bonificación, este
espacio irá en blanco para ser llenado por la TGN o el SAF en el momento del Pago.
FACTURA
FECHA RECEPCION FECHA VENCIMIENTO
Se debe indicar la fecha de recepción conforme en el SAF y
de vencimiento de la factura según las cláusulas de pago pactadas. La fecha de
elaboración del Formulario C-41 no debe sobrepasar el límite de los tres días
hábiles con relación a la fecha de recepción conforme de la factura. Así mismo,
la fecha de vencimiento del pago debe ser posterior a la registrada en el
momento de la recepción del Formulario C-41 en la CGN.
BONIFICACION
% FECHA
Se indicará el porcentaje y fecha de vencimiento que
corresponda a la bonificación pactada por pronto pago.
CTA. CTE. TGN:
BANCO: CODIGO
NUMERO: CODIGO
En este espacio se escribirá el número de la Cuenta Corriente
que el Tesoro Nacional tiene asignadas en el Banco de la Nación para cubrir
obligaciones pendientes de pago.
Este espacio lo llenará la TGN en el momento del Pago.
Parte Inferior del
Documento
Se destina al registro de las firmas de los Ordenadores del
Pago y del responsable de su tramitación en la CGN.
RESPONSABLE REGISTRO RESPONSABLE SAF SECRETARIO AREA ADMINISTRATIVA
En este recuadro se registrarán las firmas del jefe de la
unidad de registro contable, del Director de Administración y del Secretario,
subsecretario del área administrativa o funcionario de nivel equivalente del
Organismo emisor del documento, que son los Ordenadores del Pago y responsables
de su respaldo documentario, cuyos originales formarán parte del archivo
oficial de cada Organismo y SAF correspondiente.
ESPACIO RESERVADO
C.G.N.
REGISTRO CONTABLE
En esta casilla registrará su firma el Jefe del Departamento
de Ejecución de la Dirección
de Procesamiento Contable de la
CGN , una vez que el Formulario C-41 ha sido procesado en el
SIDIF hasta la etapa de devengado y se encuentra aprobado; será responsable del
registro correcto, tal y como indique el documento original.
1.
El trámite de la Orden de Pago (Formulario C-41), se inicia
en los Servicios Administrativo
Financieros.
La unidad de Registro
Contable del Organismo deberá elaborar el documento en formato especial, en
original y 2 copias, para solicitar el pago de obligaciones adquiridas.
El Formulario C-41 llevará las firmas del responsable de la
unidad de registro contable, del Jefe del Servicio Administrativo Financiero y
del Secretario, subsecretario o funcionario de nivel equivalente de quien
dependa.
Si el SAF tiene CONPRE u otro Sistema propio elaborará el
formulario y lo registrará para su envío a la CGN.
2.
La Mesa de
Entradas, dependiente de la
Dirección de Procesamiento Contable de la CGN , recibirá la Orden de Pago (Form. C-41) y
verificará que cumpla requisitos de presentación y legales.
Se efectuará una revisión visual del documento, controlando
que la fecha de elaboración de la
Orden de Pago (Form. C-41) no sobrepase el límite de tres días
hábiles con relación a la fecha de recepción de la factura en el SAF, que su
vencimiento sea posterior a la recepción del documento en la CGN y que las firmas
correspondan a las enviadas por los SAF.
El SIDIF verificará las firmas utilizando un Scanning.
Cumplida esta revisión continuará el trámite.
3.
Si el formulario cumple los requisitos de presentación, se transcribirá en las
terminales del Sistema instaladas en Mesa de Entradas, los datos siguientes:
a)
CODIGO de JURISDICCION
y de SAF
b)
DOC. Nº
SI LOS DATOS ESTÁN CORRECTOS, EL SIDIF ASIGNARA AL
FORMULARIO C-41 NÚMERO CORRELATIVO, HORA
y FECHA DE REGISTRO.
Si en esta etapa se detectara algún error, el documento será
devuelto al gestor del Servicio Administrativo Financiero con la impresión del
error y el número asignado al formulario.
Si el formulario no presenta errores, una copia del mismo se
entregará al gestor del Servicio Administrativo Financiero, como constancia de
recepción.
De no haber errores continúa el trámite de carga
a)
CODIGO, CUIT, BANCO,
SUCURSAL, TIPO DE CUENTA, N? CUENTA CORRIENTE Y DOMICILIO DEL BENEFICIARIO.
nota: 2 El
beneficiario de la orden de pago debe ser el mismo del compromiso.
b)
TIPO DE REGISTRO ( Devengado, Compromiso y Devengado,
según corresponda).
c)
PAGADOR
d)
CLASE DE GASTO (Sueldos, Aportes y Contribuciones,
Otros Haberes, Bienes y Servicios, Bienes de Uso, Transferencias, Gastos
Figurativos y Deuda Pública, según corresponda).
e)
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
f)
IMPORTE TOTAL
g)
DOCUMENTO RESPALDATORIO, si no hubo registro previo del
compromiso.
Si no se presentan errores continua la carga de información
en la Unidad
de Ejecución.
4.
La Unidad de
Ejecución, adscripta al Departamento de Ejecución de la Dirección de
Procesamiento Contable, recibirá el Formulario C-41 e introducirá en las
terminales del Sistema instaladas en sus oficinas, el resto de la información
señalada en el documento; como ser:
a)
NUMERO DEL COMPROMISO asignado al Formulario C-35 sí hubo
registro previo del compromiso.
b)
IMPUTACION PRESUPUESTARIA
c)
IMPORTES PARCIALES
d)
FECHA DE RECEPCION y FECHA DE VENCIMIENTO
e)
DEDUCCIONES
Si el formulario tiene deducciones se cargarán con los
códigos, conceptos e importes correspondientes, revisando que el líquido a
pagar que aparece en la pantalla sea igual al del formulario.
f)
BONIFICACIONES
En caso de existir la posibilidad de aplicar bonificaciones
este espacio queda en blanco, debido a que las mismas deben ser cuantificadas
en la TGN en la
casilla correspondiente.
El SIDIF prevé 100 clases de errores que se pueden presentar
e indica cuáles y cuándo se producen para la devolución del Formulario C-41 al
SAF.
Si el formulario tiene marcada la casilla del Devengado, significa que se hizo el
registro previo del compromiso, por lo que el formulario debe tener el NUMERO DE COMPROMISO original.
El
SIDIF verificará que exista registro previo del compromiso y cuota de devengado
a los distintos niveles de imputación informados.
SI EL DOCUMENTO NO TIENE OBSERVACIONES SE REGISTRA EL DEVENGADO
Si el formulario tiene marcada la casilla de Compromiso y Devengado, significa que
no se hizo registro previo del compromiso.
El
SIDIF verificará que exista crédito presupuestario disponible, cuota de
compromiso y cuota de devengado a los distintos niveles de imputación
informados.
SI
EL DOCUMENTO NO TIENE OBSERVACIONES SE REGISTRAN EL COMPROMISO Y EL DEVENGADO
EN FORMA SIMULTANEA.
Continúa el proceso, enviando el formulario a la Unidad de Aprobación del
Departamento de Ejecución.
5.
Los funcionarios de la Unidad de Aprobación, adscripta al
Departamento de Ejecución de la
Dirección de Procesamiento Contable, comprobarán que los
documentos reflejen correctamente los datos.
En el caso que los funcionarios de la Unidad detectaran algún
error, identifican el mismo y devuelven el documento al paso anterior.
Si no tienen errores son aprobados uno por uno en el
Sistema, luego de lo cual se encuentran listos para la firma del Jefe del
Departamento.
En esta etapa el Sistema aprueba la ejecución presupuestaria
disminuyendo la cuota de Devengado.
EN
ESTA ETAPA SE GENERA EN FORMA AUTOMÁTICA EL ASIENTO CONTABLE POR PARTIDA DOBLE
EN LA
CONTABILIDAD GENERAL.
El Sistema no aceptará la confirmación si no existe relación
del objeto del gasto con las cuentas de la contabilidad general. Este hecho
deberá ser corregido por el usuario previamente a la confirmación.
6.
El Jefe del Departamento, después de
verificar que la información en la pantalla sea igual a la del formulario
recibido, tiene la responsabilidad de firmar dicho formulario como constancia
de su corrección y registro hasta el Devengado.
En el caso que el Jefe del Departamento detectara algún
error identifica el mismo y devuelve el documento al paso anterior.
El Jefe de Departamento es el único autorizado a
desconfirmar un formulario por errores que se detecten, el Sistema aceptará una
desconfirmación siempre que el formulario C-41 no se encuentre pagado.
EN
ESTA ETAPA SE CONCLUYE EL REGISTRO DE LA EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA
HASTA EL DEVENGADO
Los formularios C-41 aprobados se remiten a la Tesorería General
de la Nación.
PROCEDIMIENTO
PARA EL REGISTRO DEL FORMULARIO C-41 "ORDEN DE PAGO", EN FORMA
AUTOMATICA.
1.
El trámite de la Orden de Pago (Formulario C-41), se inicia
en los Servicios Administrativo
Financieros.
La unidad de Registro
Contable del Organismo deberá elaborar el documento en formato especial, en
original y copia, para solicitar el pago de obligaciones adquiridas.
El Formulario C-41 llevará las firmas del responsable de la
unidad de registro contable, del Jefe del Servicio Administrativo Financiero y
del Secretario, subsecretario o funcionario de nivel equivalente de quien
dependa.
Si el SAF tiene CONPRE u otro Sistema propio elabora y
registra el formulario C-41 para su envió a la CGN.
2.
La Unidad de
Ejecución, adscripta a la
Dirección de Procesamiento Contable de la CGN , recibirá la información
contenida en el Formulario C-41
a través del TRANSAF, con los datos siguientes:
a)
CODIGO de JURISDICCION
y de SAF
b)
DOC. Nº
SI LOS DATOS ESTÁN CORRECTOS, EL SIDIF ASIGNARA AL
FORMULARIO C-41 NÚMERO CORRELATIVO, HORA y FECHA DE REGISTRO.
Si en esta etapa se detectara algún error, la información
contenida en el documento será devuelta al Servicio Administrativo Financiero
por el mismo medio de recepción.
De no haber errores continúa el trámite de carga de la
información, como ser:
a)
CODIGO, CUIT, BANCO,
SUCURSAL, TIPO DE CUENTA, N? CUENTA CORRIENTE Y DOMICILIO DEL BENEFICIARIO.
b)
TIPO DE REGISTRO ( Devengado, Compromiso y Devengado,
según corresponda).
c)
PAGADOR
d)
CLASE DE GASTO (Sueldos, Aportes y Contribuciones,
Otros Haberes, Bienes y Servicios, Bienes de Uso, Transferencias, Gastos
Figurativos y Deuda Pública, según corresponda).
e)
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
f)
IMPORTE TOTAL
g)
DOCUMENTO RESPALDATORIO, si no hubo registro previo del
compromiso.
h)
NUMERO DEL COMPROMISO asignado al Formulario C-35 sí hubo
registro previo del compromiso.
i)
IMPUTACION PRESUPUESTARIA
j)
IMPORTES PARCIALES
k)
FECHA DE RECEPCION y FECHA DE VENCIMIENTO
l)
DEDUCCIONES
Si el formulario tiene deducciones se cargarán con los
códigos, conceptos e importes correspondientes, revisando que el líquido a
pagar que aparece en la pantalla sea igual al del formulario.
m)
BONIFICACIONES
En caso de existir la posibilidad de aplicar bonificaciones
este espacio queda en blanco, debido a que las mismas deben ser cuantificadas
en la TGN en la
casilla correspondiente.
El SIDIF prevé 100 clases de errores que se pueden presentar
e indica cuáles y cuándo se producen para la devolución del Formulario C-41 al
SAF.
Si el formulario tiene marcada la casilla del Devengado, significa que se hizo el
registro previo del compromiso, por lo que el formulario debe tener el NUMERO DE COMPROMISO original.
El
SIDIF verificará que exista registro previo del compromiso y cuota de devengado
a los distintos niveles de imputación informados.
SI EL DOCUMENTO NO TIENE OBSERVACIONES SE REGISTRA EL DEVENGADO
Si el formulario tiene marcada la casilla de Compromiso y Devengado, significa que
no se hizo registro previo del compromiso.
El
SIDIF verificará que exista crédito presupuestario disponible, cuota de
compromiso y cuota de devengado a los distintos niveles de imputación
informados.
SI
EL DOCUMENTO NO TIENE OBSERVACIONES SE REGISTRAN EL COMPROMISO Y EL DEVENGADO
EN FORMA SIMULTANEA.
Continúa el proceso, con la recepción del formulario en la Mesa de Entradas del
Departamento de Ejecución.
3.
Cuando la Orden
de Pago indique que el pagador es la
TGN el original y una copia del formulario C-41 debidamente
firmados serán recibidos en la
Mesa de Entradas de la Dirección de Procesamiento Contable de la CGN , para la verificación del
cumplimiento de requisitos de presentación y legales. Se efectuará una revisión
visual del documento, controlando que las firmas correspondan a las enviadas
por los SAF mediante la comparación a través del scanning.
Los documentos continuarán su trámite en la Unidad de Aprobación.
4.
Los funcionarios de la Unidad de Aprobación, adscripta al
Departamento de Ejecución de la
Dirección de Procesamiento Contable, comprobarán que los
datos que muestra la pantalla de los documentos sean exactamente iguales a los
que contienen los formularios presentados en papel en la Mesa de Entradas, siempre que
el pagador sea la TGN.
Cuando el Pagador es el SAF no será necesaria esta
verificación porque el responsable de la corrección de la información enviada
mediante el TRANSAF al SIDIF recae directamente en el SAF respectivo.
En el caso que los funcionarios de la Unidad detectaran algún error,
identifican el mismo y devuelven el documento al paso anterior.
Si no tienen errores son aprobados uno por uno en el
Sistema, luego de lo cual se encuentran listos para la firma del Jefe del
Departamento.
En esta etapa el Sistema aprueba la ejecución presupuestaria
disminuyendo la cuota de Devengado.
EN
ESTA ETAPA SE GENERA EN FORMA AUTOMÁTICA EL ASIENTO CONTABLE POR PARTIDA DOBLE
EN LA
CONTABILIDAD GENERAL.
El
Sistema no aceptara la confirmación si no existe relación del objeto del gasto
con las cuentas de la contabilidad general. Este hecho deberá ser corregido por
el usuario previamente a la confirmación.
5.
El Jefe del Departamento, después de
verificar que la información en la pantalla sea igual a la del formulario
recibido, tiene la responsabilidad de firmar dicho formulario como constancia
de su corrección y registro hasta el Devengado.
En el caso que el Jefe del Departamento detectara algún
error identifica el mismo y devuelve el documento al paso anterior.
El Jefe de Departamento es el único autorizado a
desconfirmar un formulario por errores que se detecten, el Sistema aceptará una
desconfirmación siempre que el formulario C-41 no se encuentre pagado.
EN
ESTA ETAPA SE CONCLUYE EL REGISTRO DE LA EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA
HASTA EL DEVENGADO
Los formularios C-41 aprobados se remiten a la Tesorería General
de la Nación.
INSTRUCTIVO
DEL FORMULARIO C-43 "FONDO ROTATORIO Y REPOSICIONES"
DESCRIPCION DEL
FORMULARIO
1.- Nombre del Formulario
Fondo Rotatorio y Reposiciones
2.- Denominación del Formulario
Form. C-43 (Formulario de Contabilidad C-43)
3.- Objetivo
Este formulario permite la constitución de la entrega de
fondos con fines específicos, formalmente autorizado y con cargo a rendición
del objeto del gasto efectivamente gastado para su reposición.
4.- Responsabilidad
La responsabilidad de su elaboración y correcta utilización
recae directamente en el Secretario, subsecretario del área administrativa o
funcionario de nivel equivalente, el Responsable del Servicio Administrativo
Financiero y el Responsable de la unidad de registro contable. Verificarán en
la creación de Fondos Rotatorios que se cuente con la Resolución Conjunta
que faculta la constitución de este fondo y el funcionario encargado de su
manejo; para su reposición, que se cuente con los sopor-tes de documentación
válida.
La firma al pie del Documento certificará que han tenido a
la vista la documentación de respaldo (facturas, recibos, ingreso de
mercaderías a almacenes, etc.), cuyos originales se encuentran en el archivo
oficial del Organismo adjuntos a la primera copia de este documento, por tanto
disponibles para posteriores consultas o auditorías que se dispongan interna o
externamente.
5.-
Distribución
Original
Cuando se trate de Fondos constituídos por organismos de la Administración Central
y su fuente fuese 11, el original será para uso de la Contaduría General
de la Nación y
Tesorería General de la Nación ,
en el registro del SIDIF y archivo en la Contaduría General
de la Nación ,
al final del proceso.
Cuando se trate de Fondos constituídos por organismos de la Administración Central
y su fuente de dinanciamiento distinta de 11, u Organismo Descentralizados
todas sus feuntes, será para uso y archivo de la unidad de registro contable
del Servicio Administrativo Financiero correspondiente, formando parte del
legajo del archivo oficial, adjuntándose la documentación.
Primera Copia
Para uso y archivo de la unidad de registro contable del
Servicio Administrativo Financiero correspondiente, formando parte del legajo
del archivo oficial, adjuntándose la documentación de respaldo original.
Segunda Copia
Para uso del
beneficiario del cheque o transferencia
6.-
Instrucciones para el llenado del Formulario C-43
Parte Superior del
Formulario
Esta parte se destina a la identificación del número del
documento colocado por el SAF de la Jurisdicción o Entidad donde se confecciona, del
ejercicio presupuestario, del lugar de su emisión y de la fecha.
Su llenado es el siguiente:
EJERCICIO
Ejercicio
presupuestario vigente
LUGAR
Ciudad donde se
elabora el Documento
FECHA
La fecha
correspondiente al día de emisión del Formulario
Utilizará la modalidad ..........día/mes/año
Ejemplo: ...............................02/01/95
JURISDICCION: CODIGO
SAF: CODIGO
DOC. Nº: CODIGO
El Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector
Público Nacional establece un código a cada Jurisdicción; igualmente, la Oficina Nacional
de Presupuesto asigna un código a cada Servicio Administrativo Financiero.
Estos códigos les servirán como identificación en todos los actos que realicen.
En el campo de 7 dígitos se anotará el número correlativo
que el Servicio Administrativo Financiero asignará al documento en forma
interna.
En la línea punteada, se escribirá el nombre completo de la Jurisdicción y del
SAF.
Ejemplo:
JURISDICCION: 50 MINISTERIO DE
ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
SAF: 357 DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
DOC. Nº: 000001
REGISTRO EN EL SIDIF
NUMERO:
HORA:
FECHA:
En la
Contaduría General de la Nación , se colocará en el rectángulo superior
derecho, el número de 7 dígitos correlativo, la hora y la fecha que el Sistema
asigne a cada documento en el momento de su ingreso al SIDIF. Una pequeña
máquina validadora imprimirá automáticamente la fecha, la hora y el número en
el espacio diseñado al efecto.
Parte Superior
Intermedia
PAGUESE
A: (Nombre Beneficiario)
CODIGO:
CUIT:
DOMICILIADO EN:
En este lugar se colocará el nombre, Código y CUIT del
beneficiario al cual se girará el cheque o realizará la transferencia, así como
su dirección. Por cada documento sólo puede haber un beneficiario identificado
con el número de su código y CUIT respectivo.
SE TRANSFIERE: BANCO CODIGO
SUC.: CODIGO
TIPO: CODIGO
CTA. Nº: CODIGO
Se utilizará para el caso de pago por transferencias
bancarias.
Debe indicarse en
letras el monto señalado en números en el TOTAL
TIPO DE REGISTRO:
CREACION FONDO
ROTATORIO, AMPLIACION FONDO ROTATORIO, REPOSICION
Esta parte servirá para señalar con una x qué tipo de
transacción se desea realizar.
CREACION FONDO ROTATORIO
Cuando se marque con una x la casilla de creación, significa
que se solicita la creación de un Fondo Rotatorio.
AMPLIACION FONDO ROTATORIO
Cuando se marque con una x la casilla de ampliación,
significa que se solicita la ampliación de un Fondo Rotatorio creado con
anterioridad.
Será necesario anotar en la casilla de DOCUMENTO ORIGINAL Nº
el número asignado por el SIDIF al Formulario C-43 de Creación del Fondo.
Para que la Contaduría General de la Nación apruebe la creación
o ampliación de un Fondo Rotatorio la solicitud debe estar acompañada de copia
de la Resolución
que aprueba su creación o ampliación.
REPOSICION
Cuando en el Formulario C-43 se marque con una x la casilla
de Reposición, significa que se han efectuado los gastos correspondientes a
cada Fondo y en el Servicio Administrativo Financiero se cuenta con la
documentación de respaldo.
Al aprobarse el Formulario C-43 en la reposición de un Fondo
Rotatorio el SIDIF registrará la etapas de Compromiso y Devengado al mismo
tiempo con los siguientes requisitos:
a)
El importe total del Formulario C-43 debe ser igual o menor al importe de la
creación del Fondo más el importe de las ampliaciones y menos el importe de las
anulaciones, si las tuviera.
b)
En la casilla de DOCUMENTO ORIGINAL Nº
se consignará el Nº del SIDIF asignado en Mesa de Entradas de la CGN al Formulario C-43 de
Creación del Fondo Rotatorio.
c)
El objeto u objetos de gastos del Formulario C-43 de Reposición deberá ser el
mismo autorizado en la
Resolución que aprueba su creación.
d)
El beneficiario de la
Reposición deberá ser el mismo del Formulario C-43 de
Creación.
e)
Podrán solicitarse reposiciones siempre y cuando se cuente con crédito
presupuestario disponible y cuota de Compromiso y Devengado.
Cuando se trate de una reposición de Fondo Rotatorio, el
Sistema registrará las etapas del Compromiso y Devengado al mismo tiempo,
disminuyendo el crédito presupuestario disponible, la cuota de Compromiso y la
cuota de Devengado.
MODIFICACIONES AL REGISTRO:
ANULACION FONDO
ROTATORIO, ANULACION DE REPOSICION, RENDICION FINAL
Debe marcarse con una x la casilla correspondiente a la
transacción que se desea realizar.
ANULACION FONDO ROTATORIO
Cuando se marque con una x la casilla de Anulación Fondo
Rotatorio significa que se solicita la anulación total o parcial de un Fondo
Rotatorio creado con anterioridad.
Las anulaciones de Fondos Rotatorios se solicitarán:
a)
Cuando el Formulario C-43 se encuentre totalmente pagado y la transferencia
haya sido realizada, siendo imprescindible adjuntar una boleta de depósito por
el importe de la anulación. El SIDIF exigirá el Nº de dicha boleta de depósito
y no aceptará números repetidos, lo cual obliga a que se realice un depósito
por cada Formulario C-43 que se anule.
b)
Cuando el Formulario C-43 se encuentre aprobado y con el cheque, orden bancaria
o transferencia en la Caja
del Tesoro, es decir pendiente de realización de entrega o envió al BNA. El
SIDIF aceptará la anulación del Fondo Permanente solicitada previa anulación de
la orden de transferencia.
Cuando el Formulario C-43 lleve marcada con una x la casilla
de Anulación Fondo Rotatorio y se encuentre aprobado, el SIDIF aumentará el
saldo de la Cuenta
Corriente bancaria por el importe de la anulación.
ANULACION DE REPOSICION
Cuando se marque la casilla anulación de reposición,
significa que se solicita anular una reposición aprobada con anterioridad,
debido a disminuciones de gastos en el SAF posteriores a dicha reposición.
Cuando se solicite una anulación de reposición el número del
documento original debe ser el correspondiente al formulario de reposición
aprobado con anterioridad.
RENDICION FINAL
A la conclusión de cada Ejercicio Fiscal deberán cerrarse
los fondos rotatorios, para lo cual se marcará con una x la casilla de
Rendición Final.
Un fondo rotatorio también podrá cerrarse si no existe
crédito presupuestario disponible para el registro de la última reposición
presentada y rechazada en el SIDIF.
Así mismo, el fondo rotatorio puede cerrarse a solicitud
expresa de los ordenadores de gastos por cambio de los responsables de los
fondos o por supresión, fusión o transferencia de una unidad administrativa que
tenga asignado un Fondo Rotatorio.
Si el importe es menor al total del Formulario C-43 de
Creación o Ampliación, el responsable del Fondo adjuntará una boleta de
depósito efectuado en la
Cuenta Corriente de la
TGN por el importe no utilizado.
Cuando se marque con una x la casilla de Rendición Final,
significa que no se realizarán nuevas transferencias por ningún motivo para
dicho fondo.
DOCUMENTO ORIGINAL Nº.
En este campo numérico de 7 dígitos, se anotará lo
siguiente:
a)
Si el Formulario C-43 es de Creación del Fondo Rotatorio, este campo debe ir en
blanco.
b)
Si el Formulario C-43 es de Ampliación del Fondo Rotatorio, se registrará en
este campo, el número de documento que tuvo en su creación
c)
Si el Formulario C-43 es de Reposición de fondos, se registrará en este campo,
el número de documento que tuvo en su creación. En adelante para todas las
reposiciones, como para el cierre final del fondo, siempre se repetirá este
número.
d)
Si el Formulario C-43 es de Anulación de Reposición de fondos, se registrará en
este campo, el número de documento de reposición aprobado con anterioridad.
e)
Si el Formulario C-43 es de Anulación de fondos, se registrará en este campo,
el número de documento que tuvo en su creación o de ampliación.
FUENTE DE FINANCIAMIENTO: CODIGO
Indique el código correspondiente a cada Fuente de
Financiamiento.
En el Manual de Clasificaciones Presupuestarias se encuentra
la tabla de Fuentes de Financiamiento.
Ejemplo: FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 11
Utilice un formulario por cada fuente de financiamiento.
DOCUMENTO
RESPALDATORIO TIPO: Nº:
TIPO:
Cuando se utilice este formulario debe consignarse el código
del tipo de documento que sirvió de respaldo para efectuar el gasto. A los SAF
se les proveerá de una tabla de códigos por tipo de documentos respaldatorios
de los compromisos, como ser: nómina de personal, resolución de nombramiento de
personal, contrato, orden de compra o de servicio, orden de disposición de
transferencia; firmado por autoridad competente, de acuerdo con lo previsto en
el Decreto Nº 2662/92, por el cual se establecen las normas generales para
autorizar y aprobar gastos.
Nº
Debe anotarse el número asignado al documento respaldatorio.
Cuerpo Central del
Formulario
Cuando se trate de creación o anulación de fondos
permanentes esta parte se utilizará para el código del auxiliar TGN que se
desee realizar, la descripción o nombre de los auxiliares AXT respectivos, así
como los montos de las afectaciones.
Cuando se trate de reposición, anulación de reposición o
rendición final, esta parte se utilizará para la imputación presupuestaria que
se desee realizar, la descripción o nombre del objeto del gasto y los montos de
las afectaciones.
IMPUTACION PRESUPUESTARIA
Cuando se trate de reposición o anulación de reposición, se
utilizará la imputación presupuestaria, la cual tendrá una llave que unirá la
codificación desde el programa hasta el objeto del gasto. Para ello es
importante que se llenen todos los espacios de una línea con números
significativos o con ceros, pero no deben dejarse espacios en blanco. Para la
anulación de reposición los importes son negativos
Programa: campo de 2 dígitos del 01 al 99
Subprograma : campo de 2 dígitos del 01 al 99
Proyecto: campo de 2 dígitos del 01 al 99
Actividad: campo de 2 dígitos del 01 al 99
Ob: campo de 2 dígitos del 01 al 99
Ug: campo de 2 dígitos del 01 al 99
Inciso: campo de 1 dígito del 1 al 9
Partida Ppal.: campo de 1 dígito del 1 al 9
Part. Parcial: campo de 1 dígito del 1 al 9
Sub-Parcial: campo de 4 dígitos del 0001 al 9999
Tipo de Moneda: campo de 1 dígito del 1 al 9
En el formulario C-43 para las reposiciones se pueden
efectuar múltiples imputaciones presupuestarias de la misma fuente de
financiamiento, con la única limitante que sólo debe existir un responsable.
AUXILIAR TGN
A X T
Cuando se trate de creación o anulación de fondos
permanentes, debe anotarse el código del auxiliar TGN, correspondiente a la Tabla de Códigos AXT, por su
relación con el catálogo básico de cuentas de la Contabilidad General.
DESCRIPCION
La descripción se refiere al nombre del objeto del gasto,
según el Clasificador Presupuestario o la denominación del auxiliar TGN, según
corresponda.
IMPORTE
Se consignarán los montos imputados al objeto del gasto o al
auxiliar TGN, según corresponda, con los cuales funcionará el fondo.
TOTAL
Será la sumatoria de los montos imputados al objeto del
gasto o al auxiliar TGN, según corresponda.
TOTAL DEDUCCIONES
Es
la sumatoria de los descuentos o deducciones, que se detallará en el reverso
del formulario, de la siguiente manera:
DEDUCCIONES
CODIGO CONCEPTO DE LA DEDUCCION IMPORTE
El Código, el Concepto de la Deducción y el Importe
deducido para cada uno, deben escribirse claramente porque en el proceso de
emisión del pago, se elaborará simultáneamente una orden bancaria para cada
concepto de deducción a nombre de sus beneficiarios y una por el importe neto a
pagar al proveedor.
El SIDIF no permitirá ningún cambio en los conceptos y
beneficiarios de las deducciones, la información que envíen los SAF en este
espacio será respetada tal como se reciba, para lo cual es necesario contemplar
mayor cuidado en la elaboración de este formulario.
LIQUIDO A PAGAR
Es la diferencia entre Total y las Deducciones.
OBSERVACIONES
Se deben indicar los motivos que justifican el tipo de
registro o modificación al registro solicitada por el SAF correspondiente.
CTA. CTE. BANCO: Nº: BOLETA DE DEPOSITO Nº:
FECHA:
Se escribirá el número de la Cuenta Corriente
del Tesoro Nacional en la cual se efectuó el deposito de devolución de fondos
no utilizados.
Cuando se devuelvan fondos al Tesoro Nacional, será
únicamente mediante depósitos citándose la cuenta bancaria donde se efectuó.
Deberá señalarse en la casilla correspondiente el número de la boleta de
depósito y la fecha del depósito. Será imprescindible anexar la boleta de
depósito. El sistema exigirá el número de la boleta y la fecha del depósito por
cada Formulario C-43, y no aceptará que con un mismo número de boleta de
depósito se utilicen varios formularios C-43.
Parte Inferior del
Documento
Se destina al registro de las firmas de los responsables de
autorizar la entrega del Fondo Rotatorio y de su tramitación en la CGN.
RESPONSABLE REGISTRO RESPONSABLE SAF SECRETARIO AREA
ADMINISTRATIVA
En este recuadro se registrarán las firmas del jefe de la
unidad de registro contable, del Director de Administración y del Secretario,
Sub-Secretario del área administrativa o funcionario de nivel equivalente del
Organismo emisor del documento, que son los Ordenadores del Pago y responsables
de su respaldo documentario, cuyos originales formarán parte del archivo
oficial de cada Jurisdicción o Entidad y SAF correspondiente.
ESPACIO RESERVADO
C.G.N.
REGISTRO CONTABLE
En esta casilla registrará su firma el Jefe del Departamento
de Ejecución de la Dirección
de Procesamiento Contable de la
CGN , una vez que el Formulario C-43 ha sido procesado en el
SIDIF hasta la etapa de devengado y se encuentra aprobado; será responsable del
registro correcto, tal y como indique el documento original.
PROCEDIMIENTO
DEL FORMULARIO C-43 "FONDO ROTATORIO Y REPOSICIONES"
1.
El trámite del documento de Fondo
Rotatorio y Reposiciones (Formulario
C-43) se inicia en los Servicios Administrativo Financieros.
La unidad de Registro
Contable del Organismo deberá elaborar los formularios C-43 en formatos
especiales, en original y 2 copias, para solicitar la creación de un Fondo
Rotatorio, su Reposición, Anulación o Rendición Final.
El formulario C-43 llevará las firmas del responsable de la
unidad de Registro Contable, del Jefe del Servicio Administrativo Financiero y
del Secretario, Sub-Secretario o funcionario de nivel equivalente de quien
dependa.
Si el SAF tiene CONPRE u otro Sistema propio hace el
registro directo del devengado contable en los casos de Creación y Ampliación.
En los casos de Reposición registra el compromiso y devengado al mismo tiempo y
deberá seguir el siguiente procedimiento.
2.
La Unidad de
Ejecución, adscripta a la
Dirección de Procesamiento Contable de la CGN , recibirá la información
contenida en el documento de Fondo Rotatorio y Reposiciones (Form. C-43) a
través del TRANSAF, cargando los siguientes datos:
a)
CODIGO de JURISDICCION
y de S.A.F.
b)
DOC. Nº
SI LOS DATOS ESTÁN CORRECTOS, EL SIDIF ASIGNA A LA INFORMACION CONTENIDA
EN EL FORMULARIO C-43 EL NÚMERO
CORRELATIVO, LA HORA Y
LA FECHA EN LA CASILLA DE
REGISTRO EN EL SIDIF.
Si en esta etapa se detectara algún error, la información
contenida en el documento será devuelta al Servicio Administrativo Financiero
por el mismo medio de recepción con la impresión del error y el número asignado
al formulario.
De no haber errores continúa el trámite de carga de la
información, como ser:
a)
CODIGO, CUIT, BANCO,
SUCURSAL, TIPO DE CUENTA, Nº CUENTA CORRIENTE Y DOMICILIO DEL BENEFICIARIO.
nota: El
beneficiario de la orden de pago debe ser el mismo del compromiso.
b)
TIPO DE REGISTRO (Creación Fondo Rotatorio, Ampliación
Fondo Rotatorio y Reposición, según corresponda).
c)
MODIFICACIONES AL REGISTRO (Anulación del Fondo Rotatorio,
Anulación de Reposición y Rendición Final, según corresponda).
d)
FUENTE DE FINANCIAMIENTO, cuando se trata de reposición.
e)
IMPORTE TOTAL.
f)
En caso de Creación o Ampliación,
introducirá:
i.
AUXILIAR TGN (AXT)
ii.
IMPORTES PARCIALES
iii.
OBSERVACIONES (texto resumido)
SI EL FORMULARIO NO CONTIENE ERRORES EL SIDIF REGISTRA EL DEVENGADO
CONTABLE.
g)
En caso de Reposición y Rendición Final,
introducirá:
i.
BENEFICIARIOS DE PAGO POR FONDO ROTATORIO
ii.
IMPUTACION PRESUPUESTARIA
iii.
IMPORTES PARCIALES
iv.
OBSERVACIONES
El Sistema verifica que:
a) El total de los beneficiarias de pago por fondo rotatorio
coincida con el importe total del C-43.
b) exista crédito presupuestario disponible, cuota de
compromiso y cuota de devengado para los distintos niveles de imputación
informados.
SI
EL DOCUMENTO NO TIENE OBSERVACIONES SE REGISTRA EL COMPROMISO Y DEVENGADO
AL MISMO TIEMPO, si cumple las siguientes condiciones:
Cuando se trata de Reposiciones,
antes de registrar el compromiso y devengado, el SIDIF verifica que se hayan
cumplido los siguientes requisitos:
i.
El importe total del Formulario C-43 debe ser igual o menor al importe de la
creación del Fondo.
ii.
En la casilla de DOCUMENTO ORIGINAL Nº
se consignará el Nº del SIDIF asignado al Formulario C-43 de Creación del Fondo
Rotatorio.
iii.
El objeto u objetos de gastos del Formulario C-43 de Reposición deberá ser el
mismo autorizado en la
Resolución de creación.
iv.
El beneficiario de la
Reposición deberá ser el mismo del Formulario C-43 de
Creación.
v.
Podrán solicitarse reposiciones siempre y cuando se cuente con crédito
presupuestario disponible y cuota de Compromiso y Devengado.
En la reposición del Fondo Rotatorio, el SIDIF registrará la
etapa del Compromiso y Devengado,
disminuyendo el crédito presupuestario disponible y la cuota de Compromiso y
Devengado.
h)
En caso de Anulación Fondo Rotatorio,
el Sistema registrará la desafección de la etapa del Devengado y Pagado
contable.
Las anulaciones se solicitarán:
i.
Cuando el Formulario C-43 se encuentre totalmente pagado y la transferencia
haya sido realizada, siendo imprescindible adjuntar una boleta de depósito por
el importe que se solicita anular. El SIDIF exigirá el número de dicha boleta
de depósito y la fecha y no aceptará números repetidos, lo cual obliga a que se
realice un depósito por cada Formulario C-43 que se anule.
ii.
Cuando el Formulario C-43 se encuentre aprobado y con la orden de transferencia
en la caja del Tesoro, es decir pendiente de realización de transferencia. El
SIDIF registrará la anulación del Fondo Rotatorio previa anulación de la orden
de transferencia.
En la casilla de DOCUMENTO
ORIGINAL Nº se consignará el Nº del SIDIF asignado al Formulario C-43 de
Creación del Fondo Rotatorio.
i)
En caso de Rendición Final el SIDIF
registrará el compromiso, devengado y pago como si se tratara de una
Regularización, prevista en el documento de Regularización del Registro (Form.
C-55).
Si el importe total del formulario de rendición final es
menor al importe del formulario de Creación o Ampliación, el responsable del
Fondo deberá adjuntar la boleta del depósito efectuado en la Cuenta Corriente
de la TGN por el
importe no utilizado.
La rendición final significa que no se realizarán
transferencias por ningún motivo para dicho fondo permanente.
En la casilla de DOCUMENTO
ORIGINAL Nº se consignará el Nº del SIDIF asignado al Formulario C-43 de
Creación del Fondo Rotatorio.
3.
El original y una copia del Formulario C-43 debidamente firmados serán
recibidos en la Mesa de Entradas, adscripta a la Dirección de
Procesamiento Contable de la CGN
para el proceso de registro, aprobación y envío posterior a la TGN para el Pago.
Verificarán que cumpla requisitos de presentación y legales.
nota: para la creación del fondo Rotatorio el Formulario debe
estar acompañado de copia de la
Resolución que aprueba se creación.
Efectuarán una revisión visual del documento, controlando
que las firmas correspondan a las enviadas por los SAF. El sistema verificará
las firmas utilizando un Scanning.
Si el documento tiene deducciones se verificarán los códigos
correspondientes y los importes, revisando que el líquido a pagar que aparece
en la pantalla sea igual al del documento.
El Sistema preverá cualquier clase de error que se pueda
presentar e indicará los mismos, cuando se produzcan, para la devolución de la
información contenida en el documento al Servicio Administrativo Financiero
Cumplida esta revisión se continuará el trámite enviando el
Formulario C-43 a
la Unidad de
Aprobación.
4.
En la Unidad de
Aprobación, adscripta a la
Dirección de Procesamiento Contable de la CGN , se recibirán los formularios C-43 en original y copia debidamente
firmados, y se compararán con la información que aparece en la pantalla.
Los funcionarios de la Unidad de Aprobación comprobarán que los
documentos reflejen correctamente los datos.
En el caso que los funcionarios de la Unidad detectaran algún
error, identifican el mismo y devuelven el documento al paso anterior.
Si no tienen errores son aprobados uno por uno en el
Sistema, con las siguientes opciones:
A) SI EL FORMULARIO ES DE CREACION O AMPLIACION,
EN EL SIDIF SE APRUEBA EL REGISTRO DEL DEVENGADO CONTABLE.
B) SI EL FORMULARIO ES DE REPOSICION,
EN EL SIDIF SE APRUEBA LA EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA , DISMINUYENDO EL CREDITO
PRESUPUESTARIO DISPONIBLE Y LAS CUOTAS DE COMPROMISO Y DEVENGADO.
C) SI EL FORMULARIO ES DE ANULACIÓN DE REPOSICION,
EN EL SIDIF SE APRUEBA LA EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA , AUMENTANDO EL CREDITO
PRESUPUESTARIO DISPONIBLE Y LAS CUOTAS DE COMPROMISO Y DEVENGADO.
D) SI EL FORMULARIO ES DE ANULACIÓN,
EN EL SIDIF SE REVERSA EL ASIENTO CONTABLE POR EL IMPORTE DE LA ANULACION.
E) SI EL FORMULARIO ES DE RENDICIÓN FINAL,
EN EL SIDIF SE APRUEBA LA EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA , DISMINUYENDO EL CREDITO
PRESUPUESTARIO DISPONIBLE. EL SOBRANTE DEL FONDO, SI EXISTIERA, ES DEVUELTO A LA TGN.
EN
ESTA ETAPA EL SISTEMA GENERA EN FORMA AUTOMÁTICA EL ASIENTO CONTABLE POR
PARTIDA DOBLE EN LA
CONTABILIDAD GENERAL.
El Sistema no aceptará la confirmación si no existe relación
del objeto del gasto o del código auxiliar TGN con las cuentas de la contabilidad
general. Este hecho deberá ser corregido por el usuario previamente a la
confirmación.
Los formularios aprobados se envían al Jefe del Departamento
para su firma.
5.
El Jefe del Departamento, después de
verificar que la información en la pantalla sea exactamente igual a la del
formulario recibido, tiene la responsabilidad de firmar dicho formulario como
constancia de su corrección y registro hasta el devengado, presentándose dos
opciones:
a) SI EL FORMULARIO C-43 ES DE CREACIÓN O
AMPLIACIÓN, EN ESTE PASO CONCLUYE EL PROCESO DE REGISTRO EN EL
DEVENGADO DE LA
CONTABILIDAD GENERAL
b) SI EL FORMULARIO C-43 ES DE REPOSICIÓN
EN ESTE PASO CONCLUYE EL REGISTRO PRESUPUESTARIO EN LAS ETAPAS DE COMPROMISO Y
DEVENGADO.
El Jefe de Departamento es el único autorizado a
desconfirmar un formulario por errores que se detecten. El Sistema aceptará una
desconfirmación siempre que el formulario C-43 no se encuentre pagado.
El Jefe del Departamento remite los formularios a la Tesorería General
de la Nación
para su pago.
INSTRUCTIVO
DEL FORMULARIO C-55 "REGULARIZACION Y MODIFICACIONES DE REGISTRO"
DESCRIPCION DEL
FORMULARIO
1.-
Nombre del Formulario
Regularización de
Registro
2.-
Denominación del Formulario
Form. C-55 (Formulario de Contabilidad C-55)
3.- Objetivo
Este formulario servirá como documento de regularización del
registro original de documentos con imputación presupuestaria o
extrapresupuestaria.
El formulario contiene varios tipos de regularización de
registro, modificaciones al registro original y clases de gasto.
4.- Responsabilidad
La responsabilidad de su elaboración y correcta utilización
recae directamente en el Secretario, Sub-Secretario del área administrativa o
funcionario de nivel equivalente, el Responsable del Servicio Administrativo
Financiero y el Responsable de la unidad de registro contable de cada uno de
los Organismos de la Administración Nacional. La firma que los mismos
deben plasmar al pie del Documento certificará que se ha verificado el correcto
llenado del formulario, que se ha tenido a la vista toda la documentación de
soporte y que la clase de registro, la clase de gasto y la imputación
presupuestaria son las que corresponden a cada caso en particular.
5.-
Distribución
Original
Para uso de la Contaduría General de la Nación en el registro del
SIDIF y archivo en la
Contaduría General de la Nación al final del proceso.
Primera Copia
Se envía al Servicio Administrativo Financiero, una vez
aprobado y al final del proceso.
Segunda Copia
Formará parte del legajo del archivo oficial de la Jurisdicción o
Entidad correspondiente, adjuntándose la documentación de respaldo original.
6.-
Instrucciones para el llenado del Formulario C-55
Parte Superior del
Formulario
Esta parte se destina a la identificación del número del
documento colocado por el SAF, de la Jurisdicción o Entidad, del Servicio
Administrativo Financiero donde se confecciona, del ejercicio presupuestario,
del lugar de su emisión y de la fecha.
Su llenado es el siguiente:
EJERCICIO
Debe indicar el
ejercicio presupuestario vigente
LUGAR
Ciudad donde se
elabora el Documento
FECHA
La fecha
correspondiente al día de emisión del Formulario
Utilizará la modalidad ..........día/mes/año
Ejemplo: ...............................02/01/95
JURISDICCION: CODIGO
SAF: CODIGO
DOC. Nº: CODIGO
El Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector
Público Nacional establece un código a cada Jurisdicción; igualmente, la Oficina Nacional
de Presupuesto asigna un código a cada Servicio Administrativo Financiero.
Estos códigos les servirán como identificación en todos los actos que realicen.
En este campo de 7 dígitos se anotará el número correlativo
que el Servicio Administrativo Financiero colocará al documento internamente.
En la línea punteada, se escribirá el nombre completo de la Jurisdicción y del
SAF
Ejemplo:
JURISDICCION: 50 MINISTERIO DE
ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
SAF: 357 DIRECCION GENERAL DE
ADMINISTRACION
DOC. No: 000001
REGISTRO EN EL SIDIF:
NUMERO:
HORA:
FECHA:
En la
Contaduría General de la Nación , se colocará en el rectángulo superior
derecho, la fecha, la hora y el número de 7 dígitos correlativo que el Sistema
asigne a cada documento en el momento de su ingreso al SIDIF. Una pequeña
máquina validadora imprimirá automáticamente la fecha, la hora y el número en
el espacio diseñado al efecto.
Parte Superior
Intermedia
(Nombre Beneficiario)
CODIGO:
CUIT:
DOMICILIADO EN:
CODIGO POSTAL:
En este lugar se colocará el nombre, Código y CUIT del
beneficiario al cual se giró el cheque o realizó la transferencia, así como su
dirección y código postal. Por cada documento sólo puede haber un beneficiario
identificado con el número de su código y CUIT respectivo.
TIPO DE REGISTRO:
REGULARIZACION, (1)
REG. DESEMBOLSO EXTERNO
REGULARIZACION
Cuando se marque con una x la casilla de regularización
solamente, se utilizará para el registro de la ejecución presupuestaria del
compromiso, devengado y pagado o del devengado y pagado, al mismo tiempo, según
corresponda, de aquellos gastos para los cuales la TGN no emitirá cheques o
realizará transferencias porque éstos ya se efectuaron anteriormente y sólo
están pendiente su registro.
También se utilizará en los casos de débitos bancarios por
convenios de pago a través de transferencia de cuenta a cuenta y otros que no
requieran la emisión de cheques o realización de transferencias porque el gasto
ya se pagó y solamente está pendiente su registro. Ejemplo: gastos y comisiones
bancarias.
El registro de la Regularización disminuye el crédito
presupuestario disponible y aumenta la ejecución del presupuesto en la
imputación presupuestaria afectada. Las cuotas de compromiso y devengado serán
disminuidas si la regularización se procesa en el trimestre de vigencia de
dichas cuotas
(1) REGULARIZACION DESEMBOLSO EXTERNO
Algunos convenios internacionales aprobados por leyes de la Nación Argentina
instruyen el pago a proveedores en el extranjero antes que el registro del
desembolso se realice, es decir que los importes correspondientes a los
desembolsos externos se reciben disminuidos en los montos ya pagados en el
extranjero; sin embargo, el registro debe realizarse por el total del ingreso y
del gasto en la misma forma que se hizo para la regularización, en este último
caso. En estos casos los SAF correspondientes a la Jurisdicción
beneficiaria de estos convenios deberán regularizar la ejecución presupuestaria
del ingreso y del gasto, para lo cual elaborarán un Formulario C-55 marcando la
casilla de (1) Regularización Desembolso Externo. Al reverso del documento
deberán anotar lo siguiente:
REGULARIZACION DESEMBOLSOS EXTERNOS
CODIGO RECURSO DENOMINACION DEL RECURSO IMPORTE
El código de los recursos de acuerdo al clasificador de
recursos o el código del auxiliar TGN, según corresponda, su denominación y el
importe en moneda nacional o extranjera.
De esta manera se efectuará la ejecución presupuestaria de
recursos y de gastos al mismo tiempo, siempre y cuando se trate de gastos
pagados en el extranjero antes de recibirse los desembolsos o de gastos cuyos
desembolsos se depositan en cuentas bancarias de los proveedores o empresas
consultoras directamente.
El SIDIF, cuando el Formulario C-55 lleve marcada la casilla
de REGULARIZACION DESEMBOLSO EXTERNO y pase a la etapa del registro del
devengado, le exigirá la carga del cuadro que está al reverso del documento. El
operador luego continuará con el registro del devengado por cada imputación
presupuestaria de gastos, produciendo el mismo efecto de la REGULARIZACION ; es
decir, se ejecutará el presupuesto en las etapas del compromiso, devengado y
pagado o del devengado y pagado, al mismo tiempo, según corresponda,
disminuyendo el crédito presupuestario disponible. Las cuotas de compromiso y
devengado serán disminuidas si la regularización se procesa en el trimestre de
vigencia de dichas cuotas.
El sistema generara en forma automática el formulario C-10 con la imputación contenida en el
reverso del formulario C-55 para el registro de regularización de la ejecución
presupuestaria de recursos.
MODIFICACIONES AL REGISTRO:
DESAFECTACION, DESAFECTACION DEVENGADO, DESAFECTACION PAGO,
CORRECCION, CORRECCION DEVENGADO, CORRECCION PAGO, CAMBIO DE IMPUTACION
DESAFECTACION
Cuando se marque la casilla de Desafección, significará que
se solicita la modificación del
registro original total o parcialmente, con las siguientes opciones.
a)
Si es un Formulario C-41 o un C-55, se solicita la modificación en las etapas
de compromiso, devengado y pagado presupuestario por el importe de la
desafección.
b)
Si es un Formulario C-42 se solicita la modificación del devengado contable y
el pagado por el importe de la desafectación.
Las desafectaciones se solicitan debido a errores o cambios
en las decisiones de los ordenadores de gastos y/o devolución de recursos no
utilizados.
Los montos correspondientes se considerarán como cantidades
negativas, para lo cual es necesario que vayan con signo negativo.
Las desafectaciones se solicitarán:
a)
Cuando la Orden
de Pago (Form. C-41) u Orden de Pago sin Imputación Presupuestaria (Form.
C-42), según corresponda, se encuentre totalmente pagada y el cheque haya sido
cobrado en el banco o la orden bancaria o la transferencia haya sido realizada,
siendo imprescindible adjuntar una boleta de depósito por el importe que se
solicita desafectar. El Sistema exigirá el número de la boleta de depósito y la
fecha y no aceptará números repetidos, lo cual obliga a que se realice un
depósito por cada Formulario C-41 o Formulario C-42, según corresponda, que se
desafecte.
b)
Cuando la Orden
de Pago (Form. C-41) u Orden de Pago sin Imputación Presupuestaria (Form.
C-42), según corresponda, se encuentre aprobada por su monto total y con el
cheque correspondiente o la orden bancaria o transferencia en la caja del
Tesoro, es decir pendiente de entrega al beneficiario en el caso de cheque o de
envió al Banco de la orden bancaria o de transferencia, si esta última fuera la
forma de pago acordada. El sistema aceptará la desafección previa anulación del
cheque u orden de transferencia por el monto de la desafección solicitada,
según corresponda.
En todos los casos se deberá indicar en la casilla DOCUMENTO
ORIGINAL No. el correspondiente al Formulario C-41 o Formulario C-42, según
corresponda, con que se incorporó al SIDIF la información original a modificar.
Cuando se trate de la desafección de un Formulario C-41 o
C-55, el sistema aumentará el crédito presupuestario disponible y el saldo de
la cuenta corriente bancaria por el monto de la desafección, las cuotas de
compromiso y devengado serán aumentadas si la desafección se procesa en el
trimestre y mes de vigencia de las respectivas cuotas. Si los formularios
indicados citan a un formulario C-35 también quedará desafectado.
Cuando se soliciten desafectaciones los Formularios C-55
deberán llevar anotado en el reverso las deducciones que son afectadas con la
modificación del registro.
DESAFECTACION DEVENGADO
Se marcará con una x la casilla de Desafección Devengado
cuando se desee anular el registro del devengado de un formulario C-42 o del
compromiso y devengado, de un Formulario C-41 o C-55, debido a cambios en las
decisiones de los ordenadores de gastos.
El sistema aceptará el proceso de una desafección de
devengado, si el Formulario C-41 no tiene registro de pago por el importe de la
desafección; es decir, que el Formulario C-41 no debe tener cheque generado e
impreso por el monto solicitado, o la transferencia autorizada.
La operación quedará con el registro del compromiso solamente.
Cuando se trate de un Formulario C-42 la desafección del
devengado actuará de manera similar a la anulación del documento de fondo
rotatorio por el importe solicitado.
El SIDIF aceptará la desafección del devengado de un
Formulario C-42, siempre que el importe solicitado no se encuentre pagado
En todos los casos se deberá indicar en la casilla DOCUMENTO ORIGINAL No. el
correspondiente al Formulario C-41 o Formulario C-42, según corresponda, con
que se incorporó al SIDIF la información original a modificar.
DESAFECTACION PAGO
Se marcarán con una x la casilla de Desafección de Pago
cuando los gastos efectuados no sumen el total del Formulario C-41, un
Formulario C-55 o Formulario C-42 original, según corresponda, y exista un
sobrante en dinero efectivo. El SIDIF exigirá el número de la boleta del
depósito y fecha, efectuado a la cuenta corriente de la TGN por el importe de la
desafección, el cual se debe adjuntar al Formulario C-55.
Igualmente, el SIDIF registrará un desafección del pago
cuando el Formulario C-41 o
Formulario C-42, según corresponda, se encuentre aprobado por su monto total y
con el cheque correspondiente u orden de transferencia en la caja del Tesoro,
es decir pendiente de entrega al beneficiario en el caso de cheque o de
realización de transferencia, si esta última fuera la forma de pago acordada.
En todos los casos se deberá indicar en la casilla DOCUMENTO ORIGINAL No. el
correspondiente al Formulario C-41 o Formulario C-42, según corresponda, con
que se incorporó al SIDIF la información original a modificar.
CORRECCION
Se marcará la casilla de Corrección:
a)
Cuando se solicita corregir imputaciones presupuestarias por otras registradas
en un Formulario C-41 o un C-55, alterando el compromiso, devengado y pagado de
las imputaciones que incluye.
b)
Cuando se solicita corregir los códigos AXT del auxiliar TGN por otros
registrados en la Orden
de Pago sin Imputación Presupuestaria original (Form. C-42), alterando el
devengado contable y el pagado de los códigos que incluye.
En todos los casos se deberá indicar en la casilla DOCUMENTO
ORIGINAL No. el correspondiente al Formulario C-41 o Formulario C-42, según
corresponda, con que se incorporó al SIDIF la información original a modificar.
Se deberán incluir todos los códigos y conceptos a corregir,
listando en primer lugar los que deben ser disminuidos, cuyos importes deben
ser negativos y luego los que deben ser aumentados, cuyos importes deben ser
positivos.
La suma parcial de los aumentos debe ser igual a la suma
parcial de las disminuciones, siendo el total del Formulario C-55 igual a 0.
La suma total del documento original no puede ser
modificada; es decir, que las correcciones se podrán efectuar por importes
menores o iguales a los del documento original.
El SIDIF modificará la ejecución presupuestaria, aumentando
el crédito disponible de las imputaciones presupuestarias o códigos AXT del
auxiliar TGN, según corresponda, con importe negativo y disminuirá los que
tienen importe positivo.
CORRECCION DEVENGADO
Se marcará la casilla de Corrección Devengado:
a)
Cuando se solicita corregir imputaciones presupuestarias por otras registradas
en un Formulario C-41 o un C-55, alterando el compromiso y devengado o sólo
devengado, según corresponda, de las imputaciones que incluye.
b)
Cuando se solicita corregir los códigos AXT del auxiliar TGN por otros
registrados en la Orden
de Pago sin Imputación Presupuestaria original (Form. C-42), alterando el
devengado contable de los códigos que incluye.
Cuando el documento a corregir es un Formulario C-41 con
casilla de devengado, se corrige el devengado del C-41 y el compromiso del C-35
relacionado con dicho formulario.
CORRECCION PAGO
Se marcará la casilla de Corrección Pago:
a)
Cuando se solicita corregir imputaciones presupuestarias por otras registradas
en un Formulario C-41 o un C-55, alterando el pagado de las imputaciones que
incluye.
b)
Cuando se solicita corregir los códigos AXT del auxiliar TGN por otros
registrados en la Orden
de Pago sin Imputación Presupuestaria original (Form. C-42), alterando el
pagado de los códigos que incluye.
CAMBIOS DE IMPUTACION
Se marcará con una x la casilla Cambio de Imputación cuando
se solicite hacer cambios de imputación presupuestaria a códigos AXT del
auxiliar TGN o viceversa.
Cuando la corrección es de imputación presupuestaria a los
códigos AXT del auxiliar TGN, se disminuye el compromiso, devengado y pagado de
las imputaciones presupuestarias afectadas y aumenta el devengado contable y el
pagado de los códigos AXT del auxiliar TGN.
Cuando la corrección es de los códigos AXT del auxiliar TGN
a imputaciones presupuestarias, se disminuye el devengado contable y el pagado
de dichos códigos y aumenta el compromiso, devengado y pagado de las
imputaciones presupuestarias afectadas.
DOCUMENTO ORIGINAL Nº.
En este campo numérico de 7 dígitos debe registrarse el
número que tuvo el registro inicial.
CLASE DE GASTO:
SUELDOS, APORTES Y CONTRIBUCIONES, OTROS HABERES, BIENES Y
SERVICIOS, BIENES DE USO, TRANSFERENCIAS, GASTOS FIGURATIVOS, OTROS, DEUDA
PUBLICA, PRESTAMO Nº
Esta clasificación permitirá desagregar los gastos que
merecen atención especial, por ejemplo:
Sueldos: Existen normas que regulan el pago de sueldos. La
fecha en que debe efectuarse el registro del compromiso es al iniciarse el
ejercicio por el monto a liquidar en el año en base a la planta de personal.
DEUDA PUBLICA SIGADE No. : CODIGO
Si el Formulario C-41 contiene imputaciones presupuestarias
destinadas a regularizar el servicio de la deuda, además de marcarse en la
casilla de Deuda Pública, el SIDIF le exigirá el código del Préstamo registrado
en el SIGADE.
FUENTE DE FINANCIAMIENTO: CODIGO
Indique el código correspondiente a cada Fuente de
Financiamiento.
Se debe indicar la fuente de financiamiento si el Documento
C-55 presenta las opciones de regularización, regularización desembolso
externo, si es de modificación citando un Formulario C-41 o un C-55 o si es un
cambio de imputación. Si el formulario es de modificación, citando un C-41 o un
C-55, la fuente de financiamiento debe coincidir con la fuente de
financiamiento del C-41 o C-55 original.
En el Manual de Clasificaciones Presupuestarias se encuentra
la tabla de Fuentes de Financiamiento.
Ejemplo: FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 11
Utilice un formulario por cada fuente de financiamiento.
DOCUMENTO RESPALDATORIO
TIPO:
Nº:
TIPO:
Debe consignarse el código del tipo de documento que sirvió
de respaldo para la utilización de este formulario. A los SAF se les proveerá
de una tabla de códigos por tipo de documentos respaldatorios, como ser: nómina
de personal, resolución de nombramiento de personal, contrato, orden de compra
o de servicio, orden de disposición de transferencia; firmado por autoridad
competente, de acuerdo con lo previsto en el Decreto Nº 2662/92, por el cual se
establecen las normas generales para autorizar y aprobar gastos o las
modificaciones que de éstos surgen.
Nº:
Debe anotarse el número asignado al documento respaldatorio.
Cuerpo Central del
Formulario
Es la parte que se utilizará para la imputación
presupuestaria o el código AXT que se desee utilizar, según corresponda, la
descripción o nombre del objeto del gasto o del código AXT, así como los montos
de las afectaciones.
IMPORTE
Se consignarán los montos imputados al objeto del gasto o
los respectivos códigos del auxiliar TGN, según corresponda.
TOTAL
Será la sumatoria de los montos imputados al objeto del
gasto o a los respectivos códigos del auxiliar TGN, según corresponda.
TOTAL DEDUCCIONES.
Es la sumatoria de los descuentos o deducciones, que se
detallará en el reverso del formulario, de la siguiente manera:
DEDUCCIONES
CODIGO CONCEPTO DE LA DEDUCCION IMPORTE
El Código, el Concepto de la Deducción y el Importe
deducido para cada uno, deben escribirse claramente porque en el proceso de
emisión del pago, estos importes se acumulan automáticamente en Cuentas
Corrientes para su pago, de acuerdo a los convenios establecidos con los
beneficiarios, es decir que en el momento de registrar la regularización del
pago, si el Formulario respectivo tuvo deducciones, el sistema automáticamente
aumentará o disminuirá, según corresponda, el disponible en la cuenta corriente
de retenciones por el importe de la deducción que se solicita regularizar.
LIQUIDO A PAGAR
Es la diferencia entre Total y las Deducciones.
OBSERVACIONES
Se deben indicar los motivos que justifican la
regularización solicitada por el SAF correspondiente
BANCO:
CTA. CTE. No:
BOLETA DE DEPOSITO Nº:
FECHA:
Se escribirá el número de la Cuenta Corriente
que el Tesoro Nacional y los S.A.F. tienen asignadas en el Banco de la Nación para cubrir
obligaciones que se pagaron y se solicita regularizar, o la Cuenta Corriente
en la cual se efectuó el deposito de devolución de fondos no utilizados.
Cuando se devuelvan fondos al Tesoro Nacional, será
únicamente mediante depósitos citándose la cuenta bancaria donde se efectuó.
Deberá señalarse en la casilla correspondiente el número de la boleta de
depósito y la fecha del depósito. Será imprescindible anexar la boleta de
depósito. El sistema exigirá el número de la boleta y la fecha del depósito por
cada Formulario C-55, y no aceptará que con un mismo número de boleta de
depósito se utilicen varios formularios C-55.
Parte Inferior del
Documento
Se destina al registro de las firmas de los Ordenadores del
Pago y del responsable de su tramitación en la CGN.
RESPONSABLE REGISTRO RESPONSABLE SAF SECRETARIO AREA
ADMINISTRATIVA
En este recuadro se registrarán las firmas del jefe de la
unidad de registro contable, del Director de Administración y del Secretario,
Sub-Secretario del área administrativa o funcionario de nivel equivalente de la Jurisdicción o
Entidad emisora del documento, que son los Ordenadores del Pago y responsables
de su respaldo documentario, cuyos originales formarán parte del archivo
oficial de cada Jurisdicción o Entidad y SAF correspondiente.
ESPACIO RESERVADO
C.G.N.
REGISTRO CONTABLE
En esta casilla registrará su firma el Jefe del Departamento
de Ejecución de la Dirección
de Procesamiento Contable de la
CGN , una vez que el Formulario C-55 ha sido procesado en el
SIDIF hasta la etapa de regularización del devengado y se encuentra aprobado;
será responsable del registro correcto, tal y como indique el documento
original.
DESCRIPCION DEL
FORMULARIO
1.-
Nombre del Formulario
Informe de Ejecución Presupuestaria de Gastos de la Administración Nacional
2.- Denominación del Formulario
Form. V-75 (Formulario de Contabilidad C-75)
3.- Objetivos
a)
Por intermedio de este formulario los Organismos de la Administración Central
y los Organismos Descentralizados no incorporados a la Cuenta Única del Tesoro que
administran recursos afectados y propios, deben informar la ejecución
presupuestaria de gastos diaria para cada una de sus fuentes de financiamiento.
b)
Asimismo, los Organismo Descentralizados que se incorporen a la Cuenta Única del Tesoro
utilizaran este formulario para informar su ejecución presupuestaria de gastos
diaria para cada una de sus fuentes de financiamiento, incluyendo información
adicional en los recuadros 1, 2, 3 y 4 que se presentan a continuación de los
totales de las columnas de compromiso, devengado y pago. La información
contenida en dichos recuadros servirá para validar las autorizaciones de pago
en la CUT.
4.-
Responsabilidad
La responsabilidad de su elaboración y correcta utilización
recae directamente en el Responsable del Servicio Administrativo Financiero o
funcionario de nivel equivalente y el Responsable de la unidad de registro
contable de cada uno de los Organismos. La firma que los mismos deben plasmar
al pie del informe certificará que se ha verificado el correcto llenado del
mismo, que se ha tenido a la vista toda la documentación de soporte y que el
registro de la ejecución presupuestaria a los distintos niveles de imputación
informados son los que corresponden a cada caso en particular.
5.-
Distribución
Original
Para uso y archivo de la unidad de registro contable del
Servicio Administrativo Financiero correspondiente, formará parte del legajo
del archivo oficial, adjuntándose la documentación de respaldo original.
6.- Instrucciones para el llenado del Formulario C-75
PARTE SUPERIOR DEL FORMULARIO
Esta parte se destina a la identificación del número del
documento colocado por el SAF, de la Jurisdicción o Entidad, del Servicio
Administrativo donde se confecciona, del ejercicio presupuestario, del lugar de
su emisión y de la fecha de registro de las operaciones.
Su llenado es el siguiente:
EJERCICIO
Ejercicio el que corresponde la operación.
LUGAR
Ciudad donde se
elabora el Documento
FECHA
Corresponde a la
fecha de registro de las operaciones
Utilizará la
modalidad......................día/mes/año
Ejemplo:...........................................02/01/95
JURISDICCION: CÓDIGO
SAF: CÓDIGO
DOC. Nº: NUMERO
El Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector
Público Nacional de Presupuesto asigna un código a cada Servicio Administrativo
Financiero. Estos códigos le servirán como identificación en todos los actos
que realizan.
En el campo de 7 dígitos se anotará el número correlativo
que el Servicio Administrativo Financiero asignará la documento en forma
interna.
En la línea punteada, se escribirá el nombre completo de la Jurisdicción o la Entidad y del SAF.
EJERCICIO DE PAGO
Ejercicio al que corresponde el registro del pagado. Esta
opción presenta las siguientes alternativas:
1) ORGANISMOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
QUE NO ESTAN EN CUENTA UNICA.
a) Si el espacio Ejercicio y Ejercicio de Pago es el mismo y
la fecha de emisión del formulario es igual o anterior al 31 de diciembre, el
registro del pagado presupuestario y el asiento de partida doble de la
contabilidad general corresponderán al ejercicio indicado. Este último se
elaborará en base a las matrices de relación contable de dicho ejercicio.
b) Si el espacio Ejercicio no es el mismo del Ejercicio de
pago, la operación se registrará en la fecha de emisión que cite el formulario,
no actualizará la ejecución presupuestaria y solamente generará el asiento de
partida doble en la contabilidad general, tomando como base la matriz del
ejercicio de pago, pero buscando la cuenta haber del devengado que corresponda
en la matriz del año anterior.
2) ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
QUE ESTEN O NO EN CUENTA UNICA
a) Si el espacio Ejercicio y Ejercicio de Pago es el mismo y
la fecha de emisión del formulario es igual o anterior al 31 de diciembre, el
registro del pagado presupuestario corresponderán al ejercicio indicado. No se
laborarán asientos de partida doble en la contabilidad general.
b) Si el espacio Ejercicio no es el mismo del Ejercicio de
Pago, la operación se registrará en la fecha de emisión que cite el formulario,
no actualizará la ejecución presupuestaria y solamente disminuirá la deuda
exigible que quedó pendiente del pago al cierre del ejercicio.
REGISTRO EN EL SIDIF:
NUMERO:
FECHA:
HORA:
En el momento del ingreso al SIDIF de la información
contenida en el Formulario C-75, se asignará el número correlativo a cada
documento, la hora y la fecha. Este número de 7 dígitos servirá para indicar
que la información contenida en el documento inició su trámite, será el punto
de referencia que permitirá determinar si fue rechazada y devuelta, si tuvo
algún error, o finalmente si culminó su proceso.
PARTE SUPERIOR
INTERMEDIA
FUENTE DE FINANCIAMIENTO:
Indique el código correspondiente a cada Fuente de
Financiamiento.
Ejemplo: FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 11
Deben utilizarse un formulario por cada fuente de
financiamiento.
MODIFICACIONES: DESAFECTACION
Se marcará con una cruz la casilla de desafectación cuando
se desee informar solamente devoluciones de efectivo por gastos no ejecutados
que se hubiesen depositado en la cuenta recaudadora correspondiente y por las
cuales el SAF a emitido en su sistema propio, formularios C-55 de Desafectación
Global y/o Desafectación de Pago o formulario C-43 de Anulación y/o rendición
final de fondo rotatorio.
En estos casos, la fecha de emisión del Formulario C-75
deberá corresponder a la del extracto bancario donde se comunica el ingreso de
los depósitos y servirá para verificar que el total de los créditos en la
cuenta recaudadora fueron registrados correctamente, se enviaran al SIDIF
conjuntamente con los Formularios C-10 de Regulación cuando los originales
generados en forma automática en el SIDIF se confirmen con error por contener
depósitos de fondos que corresponden a devolución de gastos.
Esta casilla se utilizará exclusivamente para indicar
desafectaciones de gastos, anulación o rendición final de fondos rotatorios,
con movimientos de fondos que tienen una boleta de depósito de la cuenta
recaudadora del organismo y cuyo importe lleva signo negativo.
Cualquier otra desafectación del registro sea compromiso,
devengado o pago por rechazo de autorizaciones en el banco, los importes
llevarán el signo negativo y no se marcará esta casilla.
CUERPO CENTRAL DEL FORMULARIO
Es la parte que se utilizará para la imputación
presupuestaria o contable que se desee realizar, la descripción o nombre del
objeto del gasto y los montos de las afectaciones.
Este formulario podrá elaborarse con imputación
presupuestaria o contable indistintamente.
IMPUTACION
La imputación presupuestaria tendrá una llave que unirá la
codificación desde el programa hasta el objeto del gasto. Para ello es
importante que se llenen todos los espacios de una línea con números
significativos o con ceros, pero no deben dejarse espacios en blanco.
Programa: campo de 2 dígitos del 01 al 99
Proyecto: campo de 2 dígitos del 01 al 99
Actividad: campo de 2 dígitos del 01 al 99
Ob: campo de 2 dígitos del 01 al 99
Ug: campo de 2 dígitos del 01 al 99
Inciso: campo de 1 dígito del 1 al 9
Partida Ppal.: campo de 1 dígito del 1 al 9
Part. Parcial: campo de 1 dígito del 1 al 9
Sub-Parcial: campo de 4 dígitos del 0001 al 9999
Tipo de Moneda: campo de 1 dígito del 1 al 9
A X T
En este campo se anotará la imputación auxiliar de
contabilidad general relacionada a la apertura de fondos rotatorios por los
cuales se hubieran emitido autorizaciones de pago u otras operaciones
presupuestarias como ser devoluciones de garantía.
En estos casos el importe de la autorización de pago se
anotará solamente en las columnas del devengado y pagado y no en la columna de
compromiso o por no corresponder a transacciones de registro presupuestario. El
respaldo documentario de éstas operaciones serán los formularios C-43 de
apertura, ampliación, anulación y rendición final, de acuerdo al reglamento de
fondos rotatorios vigente o al formulario C-42 orden de pago sin imputación
presupuestaria.
COMPROMISO
Se debe indicar el importe de la ejecución presupuestaria en
la etapa del devengado por las imputaciones presupuestarias informadas.
PAGADO
Se debe indicar el importe de la ejecución presupuestaria en
la etapa del pagado para las imputaciones presupuestarias informadas y el
importe que corresponda a la imputación del auxiliar contable AXT por la apertura,
ampliación, anulación y rendición final de fondos rotatorios y otras
operaciones no presupuestarias.
TOTAL
Se debe indicar el importe total de las columnas
correspondientes al compromiso, devengado y pagado.
RECUADROS
1) DEDUCCIONES
En este espacio se anotará la sumatoria del importe de las
deducciones aplicadas a todos los formularios de pago que formaron la columna
del pagado precedente.
2) IMPORTE PAGADO
Se indicará la sumatoria del líquido a pagar de los
formularios de pago que formaron la columna del pagado precedente y deberá
corresponder a la sumatoria de las autorizaciones de pago emitidas y
trasmitidas por SAF a la Cuenta
Única del Tesoro.
3) DEDUCCIONES PAGADAS
Los Organismos Descentralizados deberán registrar en sus
sistemas propios las deducciones que se retienen en los formularios de pago
mediante la codificación vigente en el SIDIF Central con la fecha de
vencimiento para su pago y el beneficiario que le corresponda. En función de
esta tabla deberán emitir las autorizaciones de pago, cuya sumatoria se anotará
en este espacio.
4) TOTAL PAGADO
En este espacio se anotará la suma del importe (2) y
deducciones pagadas (3), servirá para efectuar una validación con la sumatoria
de autorizaciones de pago emitidas y transferidas por el SAF a la Cuenta Unica del
Tesoro, en caso de ser diferente se comunicará con un código de error a los SAF
para su posterior corrección o modificación.
PARTE INFERIRO DEL
DOCUMENTO
Se destina al registro de las firmas de los responsables del
envío de la información.
RESPONSABLE DEL REGISTRO RESPONSABLE DEL SAF
En este recuadro se registrarán las firmas del jefe de la
unidad de registro contable y el Director de Administración o funcionario de
nivel equivalente de la
Jurisdicción o Entidad emisora del documento, certificando
que la operación fue contabilizada en el registro de ejecución presupuestaria
de dicho Organismo y responsable de su respaldo documentario, cuyos originales
formarán parte del archivo oficial de cada Jurisdicción o Entidad y SAF
correspondiente.
INSTRUCTIVO
DEL DORSO DEL FORMULARIO C-75 "INFORME DE EJECUCION PRESUPUESTARIA DE
GASTOS DE LA
ADMINISTRACION NACIONAL "
1.-
Cuadro Demostrativo del Gasto:
a) Código de Beneficiario:
Indique el código asignado por S.I.D.I.F..
b) Beneficiario
Indique en nombre del beneficiario o razón social a quién se
adquirió los servicios pagados.
e) CUIT/CUIL
Indique CUIT o CUIL del Beneficiario del Pago.
f) Importe
Anote el importe de cada gasto efectuado según el
comprobante que se relaciona.
g) Total
Colocará el total de los gastos.
h) Total C-75 frente
Traslada el monto total del frente del formulario C-75.
Normas jurídicas aprobatorias
Resolución de la Secretaría de Hacienda Nº 562/94
Resolución
de la Secretaría
de Hacienda Nº 47/96
Resolución
de la Secretaría
de Hacienda Nº 201/96
Disposición
de la Contaduría
General de la
Nación N º 52/96
Toda esta
información se encuentra dentro de INFOLEG
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